Coslada (BOCM-20220824-25)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 68
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 201
Para resolver los empates que puedan surgir en las calificaciones definitivas y determinar el orden de preferencia entre los/as aspirantes, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el curso selectivo de formación. En caso de persistir el empate se atenderá a la puntuación conseguida en la prueba de conocimientos y de persistir el empate aun,
este se resolverá por orden alfabético del primer apellido de las personas empatadas, iniciándose el desempate por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría
de Estado de Administraciones Públicas.
Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal Calificador publicará en el Tablón
de Anuncios y tablón de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Coslada la relación de
aprobados/as por orden de puntuación.
13. Nombramiento como funcionario de carrera
Efectuada la publicación en el tablón de edictos, se elevará dicha relación al órgano
competente para su nombramiento como funcionario/as de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Coslada.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
14. Toma de posesión
14.1. Plazo:
Las personas nombradas funcionario/as de carrera deberán tomar posesión en el plazo
de treinta días naturales a contar desde la publicación del nombramiento en el Tablón de
edictos del Ayuntamiento de Coslada.
14.2. Forma para toma de posesión:
Para la toma de posesión, las personas interesadas comparecerán en el Área de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Coslada, en cuyo momento y como requisito previo a la
extensión de la diligencia en la que se constate su toma de posesión, deberán prestar el juramento o promesa que prescribe la legislación vigente y formular la declaración jurada de
las actividades que estuvieran realizando.
14.3. Efectos de la falta de toma de posesión:
Quienes sin causa justificada no tomasen posesión dentro del plazo señalado en el
apartado 14.1 no accederán a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Coslada, perdiendo todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del
subsiguiente nombramiento conferido.
Asimismo, desde la toma de posesión, los funcionario/as quedarán obligado/as a utilizar los medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Ayuntamiento de Coslada.
Los listados de aspirantes en el proceso selectivo que se publiquen en sede electrónica del Ayuntamiento de Coslada y que contengan datos de carácter personal, se ajustarán a
la legislación actual de protección de datos y su única finalidad será la de proceder a notificar a los y las aspirantes el contenido del proceso selectivo.
Estos listados no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de las
personas afectadas.
A tal efecto, los aspirantes habrán de cumplimentar el documento de información y
autorización para el registro de datos de carácter personal dispuesto en el anexo VI de las
presentes bases específicas.
ANEXO I
PRUEBAS FÍSICAS
Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el Tribunal Calificador y
por personal especializado en la materia.
BOCM-20220824-25
15. Protección de datos
Pág. 68
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 201
Para resolver los empates que puedan surgir en las calificaciones definitivas y determinar el orden de preferencia entre los/as aspirantes, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el curso selectivo de formación. En caso de persistir el empate se atenderá a la puntuación conseguida en la prueba de conocimientos y de persistir el empate aun,
este se resolverá por orden alfabético del primer apellido de las personas empatadas, iniciándose el desempate por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría
de Estado de Administraciones Públicas.
Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal Calificador publicará en el Tablón
de Anuncios y tablón de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Coslada la relación de
aprobados/as por orden de puntuación.
13. Nombramiento como funcionario de carrera
Efectuada la publicación en el tablón de edictos, se elevará dicha relación al órgano
competente para su nombramiento como funcionario/as de carrera en la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Coslada.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación
de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el
desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
14. Toma de posesión
14.1. Plazo:
Las personas nombradas funcionario/as de carrera deberán tomar posesión en el plazo
de treinta días naturales a contar desde la publicación del nombramiento en el Tablón de
edictos del Ayuntamiento de Coslada.
14.2. Forma para toma de posesión:
Para la toma de posesión, las personas interesadas comparecerán en el Área de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Coslada, en cuyo momento y como requisito previo a la
extensión de la diligencia en la que se constate su toma de posesión, deberán prestar el juramento o promesa que prescribe la legislación vigente y formular la declaración jurada de
las actividades que estuvieran realizando.
14.3. Efectos de la falta de toma de posesión:
Quienes sin causa justificada no tomasen posesión dentro del plazo señalado en el
apartado 14.1 no accederán a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Coslada, perdiendo todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del
subsiguiente nombramiento conferido.
Asimismo, desde la toma de posesión, los funcionario/as quedarán obligado/as a utilizar los medios que para el ejercicio de sus funciones ponga a su disposición el Ayuntamiento de Coslada.
Los listados de aspirantes en el proceso selectivo que se publiquen en sede electrónica del Ayuntamiento de Coslada y que contengan datos de carácter personal, se ajustarán a
la legislación actual de protección de datos y su única finalidad será la de proceder a notificar a los y las aspirantes el contenido del proceso selectivo.
Estos listados no podrán ser reproducidos ni en todo ni en parte, ni transmitidos ni registrados por ningún sistema de recuperación de información, sin el consentimiento de las
personas afectadas.
A tal efecto, los aspirantes habrán de cumplimentar el documento de información y
autorización para el registro de datos de carácter personal dispuesto en el anexo VI de las
presentes bases específicas.
ANEXO I
PRUEBAS FÍSICAS
Las pruebas se realizarán siguiendo el orden que determine el Tribunal Calificador y
por personal especializado en la materia.
BOCM-20220824-25
15. Protección de datos