San Sebastián de los Reyes (BOCM-20220824-31)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 104
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 201
Quinta. Admisión de aspirantes
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará resolución declarando aprobada provisionalmente la relación de aspirantes admitidos y excluidos que se expondrá en la web municipal y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Sexta. Comisión de valoración
6.1. Composición: La Comisión de Valoración estará constituida de la siguiente forma: Una Presidencia, tres vocales y una secretaria, con designación de personas titulares y
suplentes, propuestas por la Concejalía de RR. HH. Todas ellas deberán ostentar la condición de funcionarios de carrera.
Los miembros del Tribunal Calificador deberán reunir los requisitos establecidos en el
art. 4, apdo. e), del R.D. 896/91, de 7 de junio.
6.2. Recusación y abstención: Los aspirantes podrán recusar a los miembros de la
Comisión de Valoración y estos abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas
en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6.3. Actuación y constitución de la Comisión de Valoración: La Comisión de Valoración no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de tres de sus miembros titulares o suplentes.
La Comisión de Valoración resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes
todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
La Comisión de Valoración podrá solicitar a la Concejalía de RR.HH. la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas durante el proceso selectivo.
6.4. Entrevista: La Comisión de Valoración convocará a las personas candidatas para
la celebración de una entrevista. Las entrevistas versarán sobre los méritos adecuados a las
características del puesto, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria de los méritos alegados.
La valoración de los méritos se efectuará mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas para cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración desechándose a estos efectos la máxima y la mínima concedida o, en su caso, una de
las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración
final, deberán reflejarse en el acta que se levantará a tal efecto.
Séptima
7.1. Desarrollo de la selección: La Comisión valorará durante la entrevista los méritos alegados de acuerdo con los siguientes criterios:
— Experiencia en puestos iguales o similares en el área de conocimientos.
— Experiencia en puestos de superior categoría en el área de conocimientos.
— Formación en la materia y las funciones del puesto.
7.2. Acreditación de méritos: A efectos de su comprobación se exigirá la presentación del correspondiente certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de
la Seguridad Social, junto con el certificado de servicios prestados, grado consolidado y
puestos desempeñados de la Administración Pública correspondiente.
A efectos de lo dispuesto en los puntos de la experiencia, los contratos de tiempo parcial se computarán como jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al
50 por 100.
8.1. Publicación de la lista de ordenada: Terminada el proceso de selectivas, la Comisión publicará la relación de calificaciones por el orden de puntuación en la intranet, en
la web municipal y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
8.2. Elevación de la lista y acta de la última sesión: Simultáneamente a su publicación, el Tribunal elevará la propuesta de nombramiento a la Concejalía Delegada de Recursos Humanos, remitirá el acta de la última sesión.
8.3. Nombramiento: Concluido el proceso selectivo, Concejalía Delegada de Recursos Humanos procederá a dar nombramiento en comisión de servicios del puesto a los as-
BOCM-20220824-31
Octava. Nombramiento, toma de posesión y cese
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 201
Quinta. Admisión de aspirantes
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará resolución declarando aprobada provisionalmente la relación de aspirantes admitidos y excluidos que se expondrá en la web municipal y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Sexta. Comisión de valoración
6.1. Composición: La Comisión de Valoración estará constituida de la siguiente forma: Una Presidencia, tres vocales y una secretaria, con designación de personas titulares y
suplentes, propuestas por la Concejalía de RR. HH. Todas ellas deberán ostentar la condición de funcionarios de carrera.
Los miembros del Tribunal Calificador deberán reunir los requisitos establecidos en el
art. 4, apdo. e), del R.D. 896/91, de 7 de junio.
6.2. Recusación y abstención: Los aspirantes podrán recusar a los miembros de la
Comisión de Valoración y estos abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas
en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6.3. Actuación y constitución de la Comisión de Valoración: La Comisión de Valoración no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de tres de sus miembros titulares o suplentes.
La Comisión de Valoración resolverá por mayoría de votos de los miembros presentes
todas las dudas que surjan de la aplicación de las normas contenidas en estas bases y determinará la actuación procedente en los casos no previstos. Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados por los interesados en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre.
La Comisión de Valoración podrá solicitar a la Concejalía de RR.HH. la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas durante el proceso selectivo.
6.4. Entrevista: La Comisión de Valoración convocará a las personas candidatas para
la celebración de una entrevista. Las entrevistas versarán sobre los méritos adecuados a las
características del puesto, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria de los méritos alegados.
La valoración de los méritos se efectuará mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas para cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración desechándose a estos efectos la máxima y la mínima concedida o, en su caso, una de
las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración
final, deberán reflejarse en el acta que se levantará a tal efecto.
Séptima
7.1. Desarrollo de la selección: La Comisión valorará durante la entrevista los méritos alegados de acuerdo con los siguientes criterios:
— Experiencia en puestos iguales o similares en el área de conocimientos.
— Experiencia en puestos de superior categoría en el área de conocimientos.
— Formación en la materia y las funciones del puesto.
7.2. Acreditación de méritos: A efectos de su comprobación se exigirá la presentación del correspondiente certificado de vida laboral expedido por la Tesorería General de
la Seguridad Social, junto con el certificado de servicios prestados, grado consolidado y
puestos desempeñados de la Administración Pública correspondiente.
A efectos de lo dispuesto en los puntos de la experiencia, los contratos de tiempo parcial se computarán como jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al
50 por 100.
8.1. Publicación de la lista de ordenada: Terminada el proceso de selectivas, la Comisión publicará la relación de calificaciones por el orden de puntuación en la intranet, en
la web municipal y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
8.2. Elevación de la lista y acta de la última sesión: Simultáneamente a su publicación, el Tribunal elevará la propuesta de nombramiento a la Concejalía Delegada de Recursos Humanos, remitirá el acta de la última sesión.
8.3. Nombramiento: Concluido el proceso selectivo, Concejalía Delegada de Recursos Humanos procederá a dar nombramiento en comisión de servicios del puesto a los as-
BOCM-20220824-31
Octava. Nombramiento, toma de posesión y cese