Berzosa del Lozoya (BOCM-20220823-32)
Régimen económico. Padrones fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 200
ORDENANZA REGULADORA DEL RÉGIMEN DE LICENCIA
Y DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA EL EJERCICIO DE ACTOS
DE CONSTRUCCIÓN Y EDIFICACIÓN, LOS DE IMPLANTACIÓN,
DESARROLLO O MODIFICACIÓN DE ACTIVIDADES
O CUALQUIER OTRO USO DEL SUELO EN EL
TÉRMINO MUNICIPAL DE BERZOSA DEL LOZOYA
PREÁMBULO
El Ayuntamiento, dentro de la línea marcada por la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, mediante la presente ordenanza, dictada al amparo de las
facultades otorgadas a las entidades locales por la Constitución Española y su normativa de
desarrollo, pretende establecer el régimen de concesión de licencia urbanística y declaración responsable en el Municipio.
La ordenanza se estructura en seis títulos divididos en veintiocho artículos, conteniendo además una disposición adicional única, una disposición transitoria única, una disposición derogatoria única, una disposición final única y dos anexos.
Título I. Relativo a las disposiciones generales, establece el objeto de la ordenanza, definiciones e instrumentos de intervención.
Título II. Relativo a la determinación de los procedimientos generales de otorgamiento, los plazos de resolución, la publicidad y los efectos.
Título III. Desarrolla disposiciones generales aplicables a las licencias urbanísticas y
declaraciones responsables.
Título IV. Relativo a actos no sujetos a título habilitante.
El título V. Está dedicado a comprobación e inspección.
El título VI. Relativo al régimen sancionador.
Disposición adicional única. Relativa a modelos de documentos.
Disposición transitoria única. Relativa a procedimientos iniciados con anterioridad a
la entrada en vigor de la ordenanza.
Disposición derogatoria única. Dedicada a la derogación de disposiciones de igual o
inferior rango.
Disposición final única. Relativa a la entrada en vigor de esta ordenanza.
Dos anexos:
— Anexo I: modelos de declaración responsable urbanística, licencia urbanística y
acto comunicado.
— Anexo II: documentación a presentar.
Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello la obligación de las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.—1. La presente ordenanza tiene por objeto regular los mecanismos de intervención municipal de las actuaciones administrativas que se desarrollan en
el municipio, en concreto los procedimientos de licencia urbanística y declaración responsable, todo ello en relación lo dispuesto en el artículo 84.1.b) y c) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Dicha ordenanza se redacta de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, según redacción dada por la Ley 1/2020,
de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, para el impulso y reactivación de la actividad urbanística, que pretende modificar el actual marco jurídico del régimen autorizatorio urbanístico previo, revisando los procedimientos de intervención administrativa en los actos de construcción,
edificación y uso del suelo y manteniendo básicamente la necesidad de autorización administrativa previa en aquellos supuestos en los que así viene determinado por la normativa
básica estatal.
BOCM-20220823-32
Pág. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 200
ORDENANZA REGULADORA DEL RÉGIMEN DE LICENCIA
Y DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA EL EJERCICIO DE ACTOS
DE CONSTRUCCIÓN Y EDIFICACIÓN, LOS DE IMPLANTACIÓN,
DESARROLLO O MODIFICACIÓN DE ACTIVIDADES
O CUALQUIER OTRO USO DEL SUELO EN EL
TÉRMINO MUNICIPAL DE BERZOSA DEL LOZOYA
PREÁMBULO
El Ayuntamiento, dentro de la línea marcada por la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, mediante la presente ordenanza, dictada al amparo de las
facultades otorgadas a las entidades locales por la Constitución Española y su normativa de
desarrollo, pretende establecer el régimen de concesión de licencia urbanística y declaración responsable en el Municipio.
La ordenanza se estructura en seis títulos divididos en veintiocho artículos, conteniendo además una disposición adicional única, una disposición transitoria única, una disposición derogatoria única, una disposición final única y dos anexos.
Título I. Relativo a las disposiciones generales, establece el objeto de la ordenanza, definiciones e instrumentos de intervención.
Título II. Relativo a la determinación de los procedimientos generales de otorgamiento, los plazos de resolución, la publicidad y los efectos.
Título III. Desarrolla disposiciones generales aplicables a las licencias urbanísticas y
declaraciones responsables.
Título IV. Relativo a actos no sujetos a título habilitante.
El título V. Está dedicado a comprobación e inspección.
El título VI. Relativo al régimen sancionador.
Disposición adicional única. Relativa a modelos de documentos.
Disposición transitoria única. Relativa a procedimientos iniciados con anterioridad a
la entrada en vigor de la ordenanza.
Disposición derogatoria única. Dedicada a la derogación de disposiciones de igual o
inferior rango.
Disposición final única. Relativa a la entrada en vigor de esta ordenanza.
Dos anexos:
— Anexo I: modelos de declaración responsable urbanística, licencia urbanística y
acto comunicado.
— Anexo II: documentación a presentar.
Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello la obligación de las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.—1. La presente ordenanza tiene por objeto regular los mecanismos de intervención municipal de las actuaciones administrativas que se desarrollan en
el municipio, en concreto los procedimientos de licencia urbanística y declaración responsable, todo ello en relación lo dispuesto en el artículo 84.1.b) y c) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Dicha ordenanza se redacta de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, según redacción dada por la Ley 1/2020,
de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, para el impulso y reactivación de la actividad urbanística, que pretende modificar el actual marco jurídico del régimen autorizatorio urbanístico previo, revisando los procedimientos de intervención administrativa en los actos de construcción,
edificación y uso del suelo y manteniendo básicamente la necesidad de autorización administrativa previa en aquellos supuestos en los que así viene determinado por la normativa
básica estatal.
BOCM-20220823-32
Pág. 142
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID