Boadilla del Monte (BOCM-20220823-33)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 200
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 159
BOCM-20220823-33
q) La coordinación del funcionamiento de las Comisiones de Escolarización de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
r) Las acciones derivadas del Sistema de Gestión de Calidad del Ayuntamiento de
Boadilla del Monte y, concretamente, la aprobación de todos aquellos documentos relacionados con el proceso de auditoría interna y otros relacionados con el
proceso de autoevaluación.
s) La elaboración de los expedientes de concesión de ayudas contenidas en los programas municipales del ámbito de sus competencias”.
2. Modificar el apartado 9 de la parte dispositiva del Decreto de esta Alcaldía 4364/2021, de 7 de septiembre, que queda redactado en los siguientes términos:
“9. Conferir a D. Emilia Raquel Araguás Gómez la Delegación de Consumo y Agenda 2030, integrada en el Área de Gobierno de Seguridad, Educación, Sanidad y Agenda 2030,
delegándole el ejercicio de las facultades que corresponden legalmente a la alcaldía respecto
de las citadas materias, con el alcance que se dice en los apartados 14,15 y 16 de este Decreto, y, en concreto, las que se dicen a continuación:
a) La dirección, gestión y resolución, en general, de las actividades y servicios municipales relativos a Consumo y, en concreto, la dirección y supervisión de la Oficina Municipal de Información al Consumidor, la dirección, planificación, realización y evaluación de las campañas de inspección de todo tipo de productos y
servicios de uso y consumo común y la adopción, en general, de cuantas medidas
se consideren convenientes para la defensa y protección de consumidores y usuarios, siempre en el ámbito de las competencias municipales.
b) La promoción del conocimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la
Agenda 2030 en el municipio.
c) La dirección e impulso de la Agenda Boadilla 2030.
d) La incoación, tramitación y resolución, en su caso, de los expedientes para implantación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda Boadilla 2030”.
3. Notificar el presente Decreto a los interesados.
4. Publicar el contenido del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y en la web municipal y dar cuenta del mismo
al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
5. El presente Decreto entrará en vigor el día 1 de agosto de 2022”.
En Boadilla del Monte, a 10 de agosto de 2022.—La alcaldesa en funciones, Sara de
la Varga González.
(03/16.400/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 200
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q) La coordinación del funcionamiento de las Comisiones de Escolarización de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
r) Las acciones derivadas del Sistema de Gestión de Calidad del Ayuntamiento de
Boadilla del Monte y, concretamente, la aprobación de todos aquellos documentos relacionados con el proceso de auditoría interna y otros relacionados con el
proceso de autoevaluación.
s) La elaboración de los expedientes de concesión de ayudas contenidas en los programas municipales del ámbito de sus competencias”.
2. Modificar el apartado 9 de la parte dispositiva del Decreto de esta Alcaldía 4364/2021, de 7 de septiembre, que queda redactado en los siguientes términos:
“9. Conferir a D. Emilia Raquel Araguás Gómez la Delegación de Consumo y Agenda 2030, integrada en el Área de Gobierno de Seguridad, Educación, Sanidad y Agenda 2030,
delegándole el ejercicio de las facultades que corresponden legalmente a la alcaldía respecto
de las citadas materias, con el alcance que se dice en los apartados 14,15 y 16 de este Decreto, y, en concreto, las que se dicen a continuación:
a) La dirección, gestión y resolución, en general, de las actividades y servicios municipales relativos a Consumo y, en concreto, la dirección y supervisión de la Oficina Municipal de Información al Consumidor, la dirección, planificación, realización y evaluación de las campañas de inspección de todo tipo de productos y
servicios de uso y consumo común y la adopción, en general, de cuantas medidas
se consideren convenientes para la defensa y protección de consumidores y usuarios, siempre en el ámbito de las competencias municipales.
b) La promoción del conocimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la
Agenda 2030 en el municipio.
c) La dirección e impulso de la Agenda Boadilla 2030.
d) La incoación, tramitación y resolución, en su caso, de los expedientes para implantación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda Boadilla 2030”.
3. Notificar el presente Decreto a los interesados.
4. Publicar el contenido del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos y en la web municipal y dar cuenta del mismo
al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
5. El presente Decreto entrará en vigor el día 1 de agosto de 2022”.
En Boadilla del Monte, a 10 de agosto de 2022.—La alcaldesa en funciones, Sara de
la Varga González.
(03/16.400/22)
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ISSN 1989-4791