San Sebastián de los Reyes (BOCM-20220823-46)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 200

En su caso, toda la documentación a aportar se admitirá en imagen escaneada o copia
electrónica, sin perjuicio de su posterior comprobación.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará la lista de personas aspirantes admitidas en la web municipal www.ssreyes.org y en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento.
Quinta. Procedimiento y resolución.—El procedimiento será el previsto en el artículo 46 del R. D. 128/2018, de 16 de marzo, sobre provisión mediante Libre Designación de
puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de
carácter estatal.
Garantizando los principios de mérito y capacidad, atendiendo a criterios de formación, competencia y experiencia profesional e idoneidad para ocupar el puesto en relación
con las funciones, objetivos perseguidos y ámbito del puesto a ocupar. En cualquier caso,
se deberá motivar en el informe propuesta de nombramiento que elaborará la persona titular de la alcaldía.
Las solicitudes de las personas aspirantes admitidas serán valoradas de acuerdo a los
siguientes aspectos:
— Experiencia profesional en funciones y tareas directamente relacionadas con el
ámbito de responsabilidad del puesto al que opta, desarrolladas en las administraciones públicas.
— Formación específica relacionada con las funciones de carácter directivo y en las
funciones y tareas directamente relacionadas con el puesto convocado.
— Otros méritos tales como formación impartida, docencia, publicaciones, etc., que
estén directamente relacionados con las funciones y tareas del puesto convocado.
La valoración de las personas aspirantes incluirá una entrevista en la que se evaluará
el currículum profesional y las competencias indicadas a continuación. A la entrevista, que
tendrá una duración máxima de 60 minutos, se citará a los aspirantes con una antelación mínima de tres días y será realizada ante el titular de la alcaldía y varios titulares de concejalías delegadas y la persona titular de la concejalía de Recursos Humanos, estando presente
un/a funcionario/a que de fe de su celebración y colabore con el correcto desarrollo del proceso y una persona funcionaria especialista en la realización de entrevistas conductuales estructuradas. En esta entrevista conductual estructurada se valorarán las siguientes competencias y habilidades profesionales relacionadas en todo caso con el puesto de titular de la
Secretaría General del Pleno:
— Capacidad de planificación, innovación, determinación de prioridades y toma de
decisiones.
— Liderazgo de equipos. Se valorará especialmente la capacidad de gestionarlos y
motivarlos.
— Capacidad de impulsar la implantación y revisión de estrategias, políticas e iniciativas de mejora.
— Capacidad de orientación a los resultados y transparencia.
— Capacidad de comunicación y negociación.
— Capacidad de construir y desarrollar redes de relaciones tanto internas como externas.
— Capacidad de resolución de conflictos y conducta ética relacional.
— Competencias digitales.
Celebradas las entrevistas y a la vista del currículo de las personas candidatas, atendiendo a las funciones del puesto y a los objetivos que se pretenden obtener en el área de la
Secretaría General donde prestará servicios, el titular de la indicada concejalía elevará propuesta motivada determinando la persona aspirante que considera más idóneo/a para el
puesto, o en su caso, declaración de la convocatoria como desierta.
El informe propuesta será emitido por el titular de la Alcaldía-Presidencia, el cual elevará en el plazo máximo de un mes propuesta de nombramiento a la Junta de Gobierno Local, órgano competente para el nombramiento del personal directivo según establece el artículo 127.1.i de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
junto con las solicitudes y el resto de documentación presentada.
En todo caso deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento del
acuerdo adoptado, la observancia del procedimiento debido.
Del acuerdo adoptado se dará cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma al órgano competente de la Comunidad de Madrid y a la Dirección General para la
Administración Local, para su anotación y publicación conjunta en el “Boletín Oficial del
Estado”, tal como exige el artículo 46 del mencionado R. D. 128/2018, de 16 de marzo.

BOCM-20220823-46

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