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Autorización instalación eléctrica – Resolución de 27 de junio de 2022, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, sobre autorización administrativa, aprobación del proyecto para la construcción de una línea eléctrica ubicada en calle Mariano Benlliure, sin número (Urb. La Balconada) en el término municipal de Collado Villalba, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. (Número Expediente: 2018P796-14-0141-00796.7/2018)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 30
VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 197
nicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones
técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la construcción de una línea
eléctrica en calle Mariano Benlliure, sin número (Urb. La Balconada), del término municipal de Collado Villalba, cuyas características y ubicación —en coordenadas UTM referidas
al huso 30— son:
REFERENCIA LÍNEA
UTM ORIGEN X - Y
LONG. (m)
ACTUACIÓN
UTM FINAL X - Y
T.Serv. (kV)
Nº C.
TIPO
2018P796 ILE12995
MODIFICACIÓN
1
AÉREA + SUBTERRÁNEA
CONDUCTOR AÉREO/SUBTERRÁNEO
415639
4498794
682
(36 m aéreos +646 m subterráneos)
416077
4498642
66
LA-180 SÍMPLEX/ HEPRZ1 36/66kV 500 mm² Al
Se desmontarán 3 apoyos y 320 m de línea aérea.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido
dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la
caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar,
por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
Tercero
Cuarto
Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la Dirección
General de Sostenibilidad y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid citado en los
antecedentes de hecho.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General
BOCM-20220819-8
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias,
informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 30
VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 197
nicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones
técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la construcción de una línea
eléctrica en calle Mariano Benlliure, sin número (Urb. La Balconada), del término municipal de Collado Villalba, cuyas características y ubicación —en coordenadas UTM referidas
al huso 30— son:
REFERENCIA LÍNEA
UTM ORIGEN X - Y
LONG. (m)
ACTUACIÓN
UTM FINAL X - Y
T.Serv. (kV)
Nº C.
TIPO
2018P796 ILE12995
MODIFICACIÓN
1
AÉREA + SUBTERRÁNEA
CONDUCTOR AÉREO/SUBTERRÁNEO
415639
4498794
682
(36 m aéreos +646 m subterráneos)
416077
4498642
66
LA-180 SÍMPLEX/ HEPRZ1 36/66kV 500 mm² Al
Se desmontarán 3 apoyos y 320 m de línea aérea.
Segundo
Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido
dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la
caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar,
por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.
3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas
de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes
y derechos a su cargo.
Tercero
Cuarto
Se deberán cumplir las condiciones expresadas en el informe emitido por la Dirección
General de Sostenibilidad y Cambio Climático de la Comunidad de Madrid citado en los
antecedentes de hecho.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General
BOCM-20220819-8
La presente autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias,
informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, de lo exigido por la ordenación urbanística; así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.