Boadilla del Monte (BOCM-20220817-42)
Ofertas de empleo. Proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 195
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 111
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
42
BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras número 3872/2022, de fecha 4 de agosto, cuya parte dispositiva resulta del siguiente
tenor:
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-
BOCM-20220817-42
“1.o Aprobar la relación definitiva completa de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso selectivo convocado, por el turno de promoción interna independiente,
mediante el sistema de concurso-oposición y curso selectivo de formación, de una plaza de
personal funcionario de inspector, del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía, escala Ejecutiva, grupo A, subgrupo A2, y que se incorpora como anexo I a la presente resolución.
2.o De conformidad con el acuerdo adoptado por el Tribunal Calificador en su sesión
de fecha 3 de agosto de 2022, la primera prueba de la fase de oposición (Prueba Cultural)
tendrá lugar el día 23 de agosto de 2022, a las 13:00 horas, en la segunda planta de la sede
institucional del Ayuntamiento, sita en la plaza de la Villa, sin número, de Boadilla del
Monte.
3.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, estableciendo el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte como lugar donde se expondrán las relaciones definitivas
completas de las personas aspirantes admitidas y excluidas, todo ello de conformidad con
lo dispuesto en la base específica 5.4.a.
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
B.O.C.M. Núm. 195
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 111
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
42
BOADILLA DEL MONTE
OFERTAS DE EMPLEO
Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras número 3872/2022, de fecha 4 de agosto, cuya parte dispositiva resulta del siguiente
tenor:
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si
transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-
BOCM-20220817-42
“1.o Aprobar la relación definitiva completa de personas aspirantes admitidas y excluidas al proceso selectivo convocado, por el turno de promoción interna independiente,
mediante el sistema de concurso-oposición y curso selectivo de formación, de una plaza de
personal funcionario de inspector, del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía, escala Ejecutiva, grupo A, subgrupo A2, y que se incorpora como anexo I a la presente resolución.
2.o De conformidad con el acuerdo adoptado por el Tribunal Calificador en su sesión
de fecha 3 de agosto de 2022, la primera prueba de la fase de oposición (Prueba Cultural)
tendrá lugar el día 23 de agosto de 2022, a las 13:00 horas, en la segunda planta de la sede
institucional del Ayuntamiento, sita en la plaza de la Villa, sin número, de Boadilla del
Monte.
3.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, estableciendo el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte como lugar donde se expondrán las relaciones definitivas
completas de las personas aspirantes admitidas y excluidas, todo ello de conformidad con
lo dispuesto en la base específica 5.4.a.
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.