D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220816-26)
Convenio –  Convenio de colaboración de 2 de agosto de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

MARTES 16 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 194

de Madrid o por el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, respectivamente, como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación del presente Convenio.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de Madrid serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Gestión de fondos
europeos” cuya finalidad es la gestión, evaluación y seguimiento de los proyectos
financiados con fondos europeos y cuya base legal es la recogida en el artículo 6.1.c)
del RGPD, el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal
aplicable al Responsable del Tratamiento. En su caso, RGPD 6.1.b), RGPD 6.1.e)
y RGPD 9.2.h) 6.1.e) y RGPD 9.2.h).
Los datos personales podrán ser comunicados a órganos de esta administración
para la tramitación y otras administraciones /poderes públicos para el ejercicio de
sus competencias legales. Entidades públicas para la finalidad señalada. En caso de
requerimiento: Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del estado/Autoridades Judiciales.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba estos tendrán que ser tratados e incorporados a la actividad de tratamiento establecida por el Ayuntamiento para la ejecución del presente Convenio,
cuya base legal se encuentra en el art. 6.1.c) del Reglamento General de Protección de Datos “el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación
legal aplicable al Responsable del Tratamiento”.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Dirección General de Servicios
Sociales de la Comunidad de Madrid y a otras administraciones públicas/poderes
públicos con competencia en la materia.
En el caso de que el Convenio sea firmado electrónicamente, su fecha será la correspondiente a la firma de la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 2 de agosto de 2022.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social,
P. O., 1687/2022, de 27 de julio, el Viceconsejero de Familia, Juventud y Política Social,
Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.—El Alcalde del Ayuntamiento de Daganzo de Arriba,
Manuel Jurado Marrufo.

BOCM-20220816-26

Pág. 186

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID