Griñón (BOCM-20220812-43)
Régimen económico. Padrones fiscales
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 182

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 12 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 191

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43

GRIÑÓN
RÉGIMEN ECONÓMICO

BOCM-20220812-43

Por resoluciones de Alcaldía número 1860, de fecha 9 de agosto de 2022, ha sido aprobado el padrón de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial de dominio
público local del Ayuntamiento de Griñón, correspondiente al ejercicio 2022. En cumplimiento de la legislación vigente, se expone al público dicho padrón, durante el plazo de
quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, durante el cual podrán examinarlo en la Oficina Municipal de Recaudación, pudiendo interponer
recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la finalización del período
exposición pública del padrón, ante el alcalde-presidente, con carácter previo a la interposición de recurso contencioso-administrativo. Todo ello sin perjuicio del que se estime conveniente para la defensa de sus derechos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29
de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer que durante los días comprendidos entre el 5 de septiembre hasta el 5
de noviembre de 2022, se pondrá al cobro, en período voluntario, los recibos correspondientes a la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial de dominio público
local, del Ayuntamiento de Griñón.
El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda,
determinará el inicio del período ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento
de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses
de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
El pago podrá realizarse en cualquiera de las siguientes entidades bancarias: Banco Santander. Los duplicados de los recibos podrán solicitarse en la Oficina Municipal de
Recaudación Voluntaria, sita en la calle Villar, número 12, teléfono: 918 140 014.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Griñón, a 10 de agosto de 2022.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.
(01/16.359/22)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791