Torremocha de Jarama (BOCM-20220811-60)
Régimen económico. Oferta empleo público
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 190

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60

TORREMOCHA DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Advertido error material en el anuncio publicado en este BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 127, página 346, de la Oferta de Empleo Público extraordinaria 2022, en virtud de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la
Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, se procede a su rectificación según el
artículo 109.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, quedando el mismo de la siguiente manera:
CATEGORÍA LABORAL

VACANTES

MAESTRO/A ESPECIALIDAD EDUCACIÓN INFANTIL

2

ADMINISTRATIVO

3

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

3

OPERARIO OFICIOS MULTIPLES

3

ARQUITECTO TÉCNICO

1

ANIMADOR SOCIOCULTURAL

1

TÉCNICO DE JUVENTUD

1

TÉCNICO DESARROLLO LOCAL

1

TÉCNICO JURÍDICO

1

BOCM-20220811-60

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el alcalde, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el
recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera
estimar más conveniente.
Torremocha de Jarama, a 2 de agosto de 2022.—El alcalde-presidente, Carlos Rivera
Rivera.
(03/15.946/22)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791