El Escorial (BOCM-20220811-45)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 190

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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EL ESCORIAL

Vista la resolución de esta Alcaldía de 16 de septiembre de 2021, de delegación de Áreas,
y siendo necesaria una reorganización de las competencias municipales, y de conformidad
con las atribuciones conferidas en el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y los artículos 43 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, he resuelto decretar:
Primero.—Delegar las áreas y materias de Seguridad, Protocolo, Educación y Biblioteca,
Igualdad y Diversidad, Bienestar Animal, Comunicación y Gestión del Conocimiento a la concejala doña Tamara Ontoria Pastor. Esta delegación integra las siguientes materias y facultades:
— Dirección y gestión de los servicios correspondientes a Policía Local.
— Seguridad ciudadana.
— Sanciones por infracción de tráfico incluyendo la incoación y resolución de los expedientes sancionadores por infracción de la ordenanza de circulación.
— La tramitación de los expedientes sancionadores y la imposición de sanciones por
infracciones de la siguiente normativa:
d Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, en los términos previstos en el artículo 32.3.
d Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos, en los términos previstos en el artículo 61.
d Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de los animales.
— Relaciones protocolarias e institucionales con entidades públicas y privadas.
— Participación en la programación de la enseñanza.
— Cooperación y coordinación con la administración educativa.
— Vigilancia de la escolaridad obligatoria.
— Educación infantil (escuelas infantiles).
— Actividades extraescolares.
— Biblioteca.
— Bienestar animal.
— Impulso de políticas de igualdad de género.
— Impulso y dirección de los proyectos relacionados con la aplicación de las nuevas
tecnologías e impulso de administración electrónica.
— Relaciones con los medios de comunicación.
Segundo.—Las competencias, en materia de régimen interior serán asumidas directamente por el alcalde-presidente, incluye las siguientes funciones:
— Organización interna.
— Seguros municipales.
— Estadística.
— Relaciones con los Juzgados.
— Ocupaciones de vía pública sin finalidad lucrativa.
— Archivo.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa podrá interponer, con carácter potestativo y en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la
presente resolución, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con
lo que dispone el artículo 116, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o bien recurso
contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
En El Escorial, a 1 de agosto de 2022.—El alcalde-presidente, Cristian Martín Palomo.
(03/15.937/22)
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