Colmenarejo (BOCM-20220811-43)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 190

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 11 DE AGOSTO DE 2022

Pág. 207

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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COLMENAREJO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Delegación de competencias a doña Itziar Pérez Blázquez, concejala del Grupo Municipal Unidas Podemos-Izquierda Unida (UP-IU), en materia de medio ambiente, parques y
jardines, bienestar social, igualdad, mujer, participación ciudadana y comunicación.
Tras la celebración de las elecciones municipales el día 26 de mayo de 2019, y en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 43, 44, 120 y 121 del Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, de 28 de
noviembre de 1986, en relación con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, esta Alcaldía-Presidencia, con fecha 9 de agosto de 2019 resolvió designar los concejales titulares de las Concejalías, Servicios o Áreas a los que se les
encomienda la dirección de un Área, Concejalía o Servicio, y las atribuciones y competencias en la forma que se expresa en la resolución de dicha fecha.
Visto el acuerdo de la sesión plenaria ordinaria de 30 de junio de 2022 en la que el Pleno toma conocimiento de la renuncia de doña Margarita Cuervo Dehesa a su cargo como
concejala del Ayuntamiento de Colmenarejo.
Efectuada la toma de posesión de doña Itziar Pérez Blázquez como concejal del Grupo Municipal Unidas Podemos-Izquierda Unida, en la sesión plenaria ordinaria de 28 de julio de 2022, por estar incluida en la lista de candidatos presentada por el Grupo Municipal
Unidas Podemos-Izquierda Unida, a las elecciones locales de 26 de mayo de 2019, en sustitución por renuncia de doña Margarita Cuervo Dehesa, resuelvo:

1. Efectuar contrataciones cuyo importe no supere los límites establecidos para los
contratos menores en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 o norma que
la sustituya.
2. Incoar y tramitar y resolver cuantos expedientes sean propios de la materia delegada, incluida la potestad sancionadora, que no sean competencia del Pleno o de la Junta de
Gobierno Local.
3. Solicitar ayudas y subvenciones hasta 15.000 euros, a otras Administraciones y
Organismos requiriendo la previa autorización y aprobación de la Junta de Gobierno Local
cuando el Ayuntamiento deba asumir un compromiso de gasto.
4. Aprobar convenios administrativos en el ámbito de su competencia y la suscripción de los mismos, hasta 15.000 euros.
5. Formular cualquier tipo de propuesta de acuerdo de cuantos asuntos sean de su
competencia, incluso por vía de urgencia, a dictamen de la Comisión Informativa correspondiente o a resolución de Pleno o de Junta de Gobierno Local.
6. Dictar actos de trámite, en todo caso, y de resolver mediante actos administrativos
que afecten a terceros, en los expedientes relativos a materias de su competencia y que no
estén atribuidos a la Junta de Gobierno o al Pleno Municipal.
7. Expedir el visto bueno en las certificaciones correspondientes a su delegación.
8. Resolver los recursos de reposición interpuestos contra las resoluciones dictadas
en materia de su competencia.
9. Suscribir convenios de colaboración con otras Administraciones o entidades públicas o privadas cuyo objeto sea de su competencia.

BOCM-20220811-43

Primero.—Designar a doña Itziar Pérez Blázquez, como titular de las Concejalías o
Servicios que se indican.
Segundo.—Delegar con carácter general, en la concejal-delegada en el ámbito de su
competencia el ejercicio de: