Pinto (BOCM-20220810-60)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 189
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 167
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
PINTO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20220810-60
Se hace público, para general conocimiento, que con fecha 29 de julio de 2022, don Juan
Diego Ortiz González, alcalde del Ayuntamiento de Pinto, ha dictado el decreto que a continuación se transcribe:
«Suplencia temporal de la persona titular de la Concejalía-Delegada de Cultura, Festejos, Patrimonio Histórico y Turismo.
Mediante decreto 1712/2021, de 8 de marzo, se aprobó la delegación de atribuciones
de Alcaldía en las Concejalías-Delegadas, disponiendo su pronunciamiento primero en su
último párrafo que en caso de vacancia, ausencia, enfermedad u otra causa legal que impida al titular de una Concejalía-Delegada el ejercicio de sus atribuciones delegadas, estas
quedarán inmediatamente avocadas por la Alcaldía, como titular de las mismas, hasta que
cese el impedimento o designe a otro u otros suplentes.
En atención a las consideraciones expuestas y en ejercicio de mis atribuciones, don
Juan Diego Ortiz González, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Pinto, resuelvo:
Primero.—Avocar las atribuciones delegadas en D. Guillermo Portero Ruiz, concejaldelegado de Cultura, Festejos, Patrimonio Histórico y Turismo, desde el 30 de julio al 4 de
agosto de 2022, ambos inclusive.
Segundo.—Notificar este decreto al concejal interesado.
Tercero.—Publicar este decreto en la intranet, con las instrucciones siguientes a observar durante el período que dure la suplencia:
— Los documentos gestionados a través de Firmadoc se seguirán remitiendo normalmente a la firma de la persona suplida, siendo derivados automáticamente por Firmadoc a la bandeja de firmas de la persona suplente.
— En dichos documentos, no obstante, debe indicarse el nombre y apellidos de la
persona suplente, que es la que los firmará, y el cargo en virtud del cual los firma,
que es el mismo de la persona suplida añadiendo al final la palabra “accidental”.
Cuarto.—Comunicar este decreto al Departamento de Informática para su conocimiento y efectos oportunos.
Quinto.—Publicar este decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».
Pinto, a 29 de julio de 2022.—El alcalde, Juan Diego Ortiz González.
(03/15.832/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 189
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Pág. 167
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
PINTO
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20220810-60
Se hace público, para general conocimiento, que con fecha 29 de julio de 2022, don Juan
Diego Ortiz González, alcalde del Ayuntamiento de Pinto, ha dictado el decreto que a continuación se transcribe:
«Suplencia temporal de la persona titular de la Concejalía-Delegada de Cultura, Festejos, Patrimonio Histórico y Turismo.
Mediante decreto 1712/2021, de 8 de marzo, se aprobó la delegación de atribuciones
de Alcaldía en las Concejalías-Delegadas, disponiendo su pronunciamiento primero en su
último párrafo que en caso de vacancia, ausencia, enfermedad u otra causa legal que impida al titular de una Concejalía-Delegada el ejercicio de sus atribuciones delegadas, estas
quedarán inmediatamente avocadas por la Alcaldía, como titular de las mismas, hasta que
cese el impedimento o designe a otro u otros suplentes.
En atención a las consideraciones expuestas y en ejercicio de mis atribuciones, don
Juan Diego Ortiz González, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Pinto, resuelvo:
Primero.—Avocar las atribuciones delegadas en D. Guillermo Portero Ruiz, concejaldelegado de Cultura, Festejos, Patrimonio Histórico y Turismo, desde el 30 de julio al 4 de
agosto de 2022, ambos inclusive.
Segundo.—Notificar este decreto al concejal interesado.
Tercero.—Publicar este decreto en la intranet, con las instrucciones siguientes a observar durante el período que dure la suplencia:
— Los documentos gestionados a través de Firmadoc se seguirán remitiendo normalmente a la firma de la persona suplida, siendo derivados automáticamente por Firmadoc a la bandeja de firmas de la persona suplente.
— En dichos documentos, no obstante, debe indicarse el nombre y apellidos de la
persona suplente, que es la que los firmará, y el cargo en virtud del cual los firma,
que es el mismo de la persona suplida añadiendo al final la palabra “accidental”.
Cuarto.—Comunicar este decreto al Departamento de Informática para su conocimiento y efectos oportunos.
Quinto.—Publicar este decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».
Pinto, a 29 de julio de 2022.—El alcalde, Juan Diego Ortiz González.
(03/15.832/22)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791