Valdemoro (BOCM-20220810-66)
Organización y funcionamiento. Delegación competencias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 189
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 177
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
VALDEMORO
Se publica íntegro para general conocimiento la siguiente resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
A) Decreto 2868/2022, de 29 de julio, que dice literalmente:
“Por decreto número 2358/2022, de 16 de junio, esta Alcaldía efectuó ciertas delegaciones de las competencias en concejales de la Corporación, todo ello al amparo de lo previsto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, así como de los artículos 43, 44, y 45 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre.
Concretamente, a doña Guadalupe García García le fue conferida, con la denominación concejala-delegada de Medio Ambiente, Personal, Régimen Interior, Turismo, Patrimonio Histórico y Consumo delegación genérica para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas.
Asimismo, se le confirió delegación específica para resolver mediante actos que afectan a terceros, incluidos recursos en vía administrativa, en las materias que se citan en dicho decreto de delegación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos superiores podrán avocar para sí
el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por
delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole
técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Por ausencia de la concejala Sra. doña Guadalupe García García durante el período
comprendido entre el día 1 y 7 de agosto de 2022, ambos incluidos, resulta preciso avocar
las competencias delegadas por esta Alcaldía en la concejala doña Guadalupe García García, durante dicho período.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero.—Avocar las competencias que en las materias de Medio Ambiente, Personal,
Régimen Interior, Turismo, Patrimonio Histórico y Consumo, se encuentran delegadas en la
concejala doña Guadalupe García García en virtud del decreto número 2358/2022, de 16 de junio, durante el período comprendido entre los días 1 y 7 de agosto de 2022, ambos incluidos.
Por tanto, recobra esta Alcaldía las atribuciones, procediéndose a dictar las resoluciones que procedan por el alcalde.
Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a la interesada, con indicación de que contra la misma no cabrá recurso alguno, si bien puede impugnarlo en el que
se interponga contra la resolución del procedimiento.
Tercero.—Remitir dicha resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su publicación en el mismo, así como publicar la misma en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde
el día de la firma de la resolución por Alcaldía.
Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que
quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en
relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.
Valdemoro, a 29 de julio de 2022.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.
(03/15.835/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Pág. 177
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66
VALDEMORO
Se publica íntegro para general conocimiento la siguiente resolución de la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Valdemoro:
A) Decreto 2868/2022, de 29 de julio, que dice literalmente:
“Por decreto número 2358/2022, de 16 de junio, esta Alcaldía efectuó ciertas delegaciones de las competencias en concejales de la Corporación, todo ello al amparo de lo previsto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, así como de los artículos 43, 44, y 45 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre.
Concretamente, a doña Guadalupe García García le fue conferida, con la denominación concejala-delegada de Medio Ambiente, Personal, Régimen Interior, Turismo, Patrimonio Histórico y Consumo delegación genérica para dirigir y gestionar los servicios correspondientes a las materias delegadas.
Asimismo, se le confirió delegación específica para resolver mediante actos que afectan a terceros, incluidos recursos en vía administrativa, en las materias que se citan en dicho decreto de delegación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los órganos superiores podrán avocar para sí
el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por
delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole
técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Por ausencia de la concejala Sra. doña Guadalupe García García durante el período
comprendido entre el día 1 y 7 de agosto de 2022, ambos incluidos, resulta preciso avocar
las competencias delegadas por esta Alcaldía en la concejala doña Guadalupe García García, durante dicho período.
En atención a lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el precepto anteriormente transcrito, resuelvo:
Primero.—Avocar las competencias que en las materias de Medio Ambiente, Personal,
Régimen Interior, Turismo, Patrimonio Histórico y Consumo, se encuentran delegadas en la
concejala doña Guadalupe García García en virtud del decreto número 2358/2022, de 16 de junio, durante el período comprendido entre los días 1 y 7 de agosto de 2022, ambos incluidos.
Por tanto, recobra esta Alcaldía las atribuciones, procediéndose a dictar las resoluciones que procedan por el alcalde.
Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a la interesada, con indicación de que contra la misma no cabrá recurso alguno, si bien puede impugnarlo en el que
se interponga contra la resolución del procedimiento.
Tercero.—Remitir dicha resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID para su publicación en el mismo, así como publicar la misma en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, sin perjuicio de su efectividad desde
el día de la firma de la resolución por Alcaldía.
Cuarto.—Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que
quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en
relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales”.
Valdemoro, a 29 de julio de 2022.—El alcalde-presidente, Sergio Parra Perales.
(03/15.835/22)
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ISSN 1989-4791
BOCM-20220810-66
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