Rivas-Vaciamadrid (BOCM-20220810-61)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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B.O.C.M. Núm. 189

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE AGOSTO DE 2022

la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública, y en el Real Decreto 1461/1982, de 25
de junio, por el que se dictan normas para su aplicación.
2. Grado personal: Se valorará el grado personal consolidado o convalidado en
la categoría desde la que se participe. La puntuación a otorgar por este mérito será de un máximo de 3 puntos, de acuerdo con la siguiente escala:
— Por la posesión de un grado personal superior al del puesto solicitado,
3 puntos.
— Por la posesión de un grado personal igual al del puesto solicitado,
2 puntos.
— Por la posesión de un grado personal inferior en un grado al del puesto
solicitado, 1 punto.
3. Acciones formativas: Se valorarán en este apartado las acciones formativas
que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto de trabajo convocado, así como las referidas a Igualdad y
prevención de riesgos laborales.
Se valorarán únicamente aquellas acciones formativas con una duración mínima de 5 horas, impartidas o recibidas, siempre que hayan sido organizadas por centros o entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las
Administraciones Públicas, las organizaciones sindicales, el Ayuntamiento
de Rivas-Vaciamadrid o por el resto de Administraciones públicas. Cuando
una acción formativa se valore como mérito específico, no podrá valorar simultáneamente en este apartado de formación.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado por acciones formativas
no podrá superar los 3 puntos, valorándose con 0,01 puntos la hora de formación.
a.2) Méritos específicos: hasta un máximo de 4 puntos.
Se valorará la experiencia en el desempeño de puestos pertenecientes al área funcional al que corresponde el puesto convocado y la similitud entre el contenido técnico y las funciones desarrolladas en los puestos ocupados por las personas candidatas y los ofertados, valorándose a estos efectos con un máximo de 4 puntos:
a) En la misma Concejalía o unidad funcional en la que se adscribe el puesto
en el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, se valorará con 0,05 puntos por
cada mes o fracción superior a 20 días, hasta un máximo de 4 puntos.
b) En distinta Concejalía o unidad funcional, en el Ayto. de Rivas, se valorará
con 0,025 puntos por cada mes o fracción superior a 20 días, hasta un máximo de 2 puntos.
Cuando se valore como mérito una acción formativa en el apartado correspondiente, no podrá valorarse simultáneamente en este apartado.
Fase b): Entrevista curricular:
Para acceder a esta fase deberá obtenerse una puntuación mínima de 10 puntos en la
primera fase. La entrevista versará sobre los méritos específicos adecuados a las características del puesto y la valoración de las competencias profesionales de acuerdo con lo previsto en la convocatoria.
Las personas integrantes de la Comisión de Valoración evaluarán la adecuación de las
personas aspirantes al perfil profesional del puesto, en relación con el currículum profesional y su formación, tanto profesional como académica. La puntuación máxima de esta fase
será de 2 puntos.
La valoración de la entrevista resultará de la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la comisión de valoración, debiendo
desecharse, a estos efectos, la puntuación máxima y la mínima concedidas, siempre que entre ambas haya una diferencia de tres o más puntos.
Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta
que se levantará al efecto.
9. Comisión de Valoración
Las personas que conformen la Comisión, deberán ser personal funcionario de carrera en servicio activo y pertenecer a categorías de subgrupo A1. Su composición se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” en el texto de la convocatoria.

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BOCM-20220810-61

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