B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20220810-14)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 29 de julio de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de aspirantes en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 189

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 10 DE AGOSTO DE 2022

Pág. 69

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
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RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se
procede a declarar la exclusión de aspirantes en las pruebas selectivas para el
acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico del
Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos.

RESUELVE
Declarar la exclusión de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, convocadas por Resolu-

BOCM-20220810-14

Por Resolución de 7 de febrero de 2019, la Dirección General de Recursos Humanos
y Relaciones Labores del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de febrero), convocó pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico del Servicio de Salud de la Comunidad de
Madrid.
La base segunda de la convocatoria en su apartado 2.1.f) establece como requisito para
ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la
Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo
de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de
Salud, cualquiera que sea su situación administrativa”. Este requisito, al igual que el resto
de los establecidos en la base segunda, deberá poseerse el día de la finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
En virtud de lo establecido en la mencionada base, por el Tribunal de las pruebas selectivas de Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, se inicia
el procedimiento establecido en la base sexta de la convocatoria, y se constata la condición
de personal estatutario fijo de varios aspirantes en el Ministerio de Sanidad, publicada en:
“Boletín Oficial del Estado” número 36, de 11 de febrero de 2021.
Vista la sentencia del Tribunal Supremo número 823/2021 sobre recurso de casación,
que fija como criterio interpretativo aplicable para la formación de jurisprudencia que en
los procedimientos no sancionadores que adoptan acuerdos restrictivos de derechos, la omisión del trámite de audiencia al interesado carece de efecto invalidante cuando tal omisión
no produce indefensión real material.
En los casos que se indican en esta resolución ha quedado acreditada por el Servicio
de Salud referido la toma de posesión de los aspirantes como personal estatutario fijo en la
categoría de Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, por lo
que la omisión del trámite de audiencia establecido en la base sexta de la convocatoria no
produce indefensión real material.
Verificada la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico Superior Especialista en Laboratorio de Diagnóstico Clínico de las personas referidas, el Tribunal Calificador eleva a esta Dirección General la propuesta de su exclusión del proceso
selectivo.
Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección General en uso de las competencias que
tiene atribuidas en el artículo 10 del Decreto 2/2022, de 26 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud,