Santorcaz (BOCM-20220805-48)
Urbanismo. Proyecto urbanización
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 185

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE AGOSTO DE 2022

Pág. 181

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48

SANTORCAZ
URBANISMO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público del
Proyecto de Urbanización del SAU-1, mediante Decreto de Alcaldía se aprueba definitivamente el Proyecto de Urbanización del SAU-1 “La Cruz del Piedra” de Santorcaz (Madrid).
A la vista de los siguientes antecedentes:
DOCUMENTO
Providencia de Alcaldía

FECHA/N.º

OBSERVACIONES

13/06/2022

Informe de Secretaría

13/6/2022

Informe de los Servicios Técnicos

13/06/2022

Resolución de Alcaldía

13/06/2022

Anuncio en el BOCM

17/06/2022

No se presentan alegaciones

Anuncio en el Periódico La Razón

02/07/2022

No se presentan alegaciones

BOCM-20220805-48

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, resuelvo:
Primero.—Visto que no se han presentado alegaciones durante el plazo de exposición
al público del anuncio de aprobación inicial del Proyecto de Urbanización del SAU-1.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización del SAU-1 “La
Cruz de Piedra” de Santorcaz (Madrid).
Tercero.—Publicar el presente Acuerdo de aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización del SAU-1 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Asimismo,
ponerlo a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento
https://santorcaz.sedelectronica.es/info.0
Cuarto.—Notificar a los interesados en el procedimiento, de acuerdo con lo establecido en los artículos 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo
de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en
el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda interponer
Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Santorcaz, a 19 de julio de 2022.—El alcalde-presidente, Rubén Gómez Buil.
(03/15.634/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791