Móstoles número 1 (BOCM-20220805-60)
Procedimiento 1114/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 185
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 195
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
60
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1114/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ABDESLAM EL OUAHABI frente a TALLERES TRIMAUTO, S.A. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA 165/2022
En la ciudad de Móstoles a 10 de Junio de 2022
Estimar la demanda de despido interpuesta por Don Abdeslam El Ouahabi contra Talleres Trimauto S.L., declarando improcedente el despido del actor y siendo imposible la
readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y condeno a Talleres Trimauto S.L. a que abone al demandante la indemnización de 7.271, 36 euros y los salarios de trámite a razón de 53, 96 euros diarios desde el día 30 de Noviembre de 2021 hasta la fecha de la sentencia, descontando el período
que ha percibido la prestación por desempleo del 1 de Diciembre de 2021 al 6 de Marzo de
2022, así como el salario que percibe de Alpe Vial S.L. desde el 7 de Marzo de 2022 si fuera igual o superior al de trámite, si es inferior percibirá la diferencia, lo que se determinará
en ejecución de sentencia.
Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Don Abdeslam El
Ouahabi contra Talleres Trimauto S.L., condenando a Talleres Trimauto S.L. a pagar al demandante la cantidad de 1.373, 33 euros brutos más el 10 % de interés por mora.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de
cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o
por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no
goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por
anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo
de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el
Banco Santander, BAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente
2850- 0000- 00-1114-21, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.
La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de
su Majestad el Rey.
Y para que sirva de notificación en legal forma a TALLERES TRIMAUTO, S.A., en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a catorce de julio de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/14.896/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20220805-60
FALLO
B.O.C.M. Núm. 185
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE AGOSTO DE 2022
Pág. 195
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
60
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 1114/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ABDESLAM EL OUAHABI frente a TALLERES TRIMAUTO, S.A. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
SENTENCIA 165/2022
En la ciudad de Móstoles a 10 de Junio de 2022
Estimar la demanda de despido interpuesta por Don Abdeslam El Ouahabi contra Talleres Trimauto S.L., declarando improcedente el despido del actor y siendo imposible la
readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y condeno a Talleres Trimauto S.L. a que abone al demandante la indemnización de 7.271, 36 euros y los salarios de trámite a razón de 53, 96 euros diarios desde el día 30 de Noviembre de 2021 hasta la fecha de la sentencia, descontando el período
que ha percibido la prestación por desempleo del 1 de Diciembre de 2021 al 6 de Marzo de
2022, así como el salario que percibe de Alpe Vial S.L. desde el 7 de Marzo de 2022 si fuera igual o superior al de trámite, si es inferior percibirá la diferencia, lo que se determinará
en ejecución de sentencia.
Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Don Abdeslam El
Ouahabi contra Talleres Trimauto S.L., condenando a Talleres Trimauto S.L. a pagar al demandante la cantidad de 1.373, 33 euros brutos más el 10 % de interés por mora.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de
cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o
por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no
goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por
anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo
de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el
Banco Santander, BAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente
2850- 0000- 00-1114-21, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.
La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de
su Majestad el Rey.
Y para que sirva de notificación en legal forma a TALLERES TRIMAUTO, S.A., en
ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a catorce de julio de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/14.896/22)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20220805-60
FALLO