Collado Villalba (BOCM-20220805-38)
Organización y funcionamiento. Reglamento uso aeronaves
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE AGOSTO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 185

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
38

COLLADO VILLALBA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Finalizado el plazo de información pública, sin reclamaciones, a la aprobación inicial
del reglamento de uso de aeronaves pilotadas por control remoto (UAS) por el cuerpo de la
Policía Local de Collado Villalba, aprobado inicialmente el 28 de abril de 2022 y publicado
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de mayo de 2022, con el número 113, se procede a la aprobación definitiva, procediéndose a la publicación íntegra de la
ordenanza, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, en relación con el artículo 70.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, del mismo cuerpo legal.
REGLAMENTO DE USO DE AERONAVES PILOTADAS
POR CONTROL REMOTO (UAS) POR EL CUERPO
DE POLICÍA LOCAL DE COLLADO VILLALBA

Los avances científicos y técnicos han contribuido al progreso de la aviación, permitiendo la aparición de aeronaves no tripuladas, más concretamente los UAS “Unmanned
Aircraft Systems” o lo que es lo mismo sistemas aéreos pilotados por control remoto, popularmente conocidos como drones.
El Ayuntamiento de Collado Villalba y la Jefatura de Policía Local, en una apuesta por
la implantación de nuevas tecnologías, ha decidido dotar a su Cuerpo de Policía Local de
las herramientas necesarias para llevar a cabo con mayor eficacia las funciones que la legislación vigente atribuye a los cuerpos de Policía Local, encontrándose entre ellas los sistemas UAS (drones) abriendo a dicho Cuerpo nuevas funcionalidades que mejoran su capacidad de respuesta.
Como quiera que las circunstancias actuales exigen una continuidad en el esfuerzo
destinado a todos aquellos aspectos que mejoren la calidad del servicio de los cuerpos de
Policía Local, de forma que sigamos avanzando en la mejora de la utilización de estas nuevas tecnologías y con el fin de lograr tales objetivos, resulta necesario el presente Reglamento, toda vez que es requisito del Real Decreto 1036/2017, de 15 de diciembre, por el
que se regula la utilización civil de las aeronaves pilotadas por control remoto en el ámbito de la función policial y por los policías locales.
En este marco de innovación y desarrollo, resulta de interés estratégico el uso de las
nuevas tecnologías en el desempeño de las labores de policía, con el único fin de mejorar
la atención a la ciudadanía y sus demandas e inquietudes. Esta policía se ha dotado de drones y sus respectivos equipos y accesorios complementarios, en el mismo sentido se ha procedido a la formación de miembros de dicho Cuerpo de Policía Local con la finalidad de
crear una Unidad de Medios Aéreos no Tripulados, que será la encargada del uso de dispositivos UAS para el mejor desempeño de las funciones atribuidas a la Policía Local por el
artículo 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,
constituyendo dichos dispositivos una herramienta que ha demostrado su eficacia en diversos campos, relacionados no solo con labores de seguridad ciudadana y de emergencias,
sino también en el área de aplicación a la que se circunscriben otras funciones de la Policía
Local, como puede ser la policía administrativa, el tráfico y la seguridad vial. Del mismo
modo, resulta de interés en materias de colaboración con otros departamentos municipales
y con otros medios aéreos de distintas entidades públicas en situaciones de emergencia.
La utilización de esta tecnología, tipo dron, hace necesario disponer de un Reglamento que complemente la normativa general que regula la utilización de estos aparatos y que
permita conseguir los objetivos planteados, persiguiendo con ella un incremento de la seguridad en su utilización.

BOCM-20220805-38

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS