D) Anuncios - Consejería de Transportes e Infraestructuras (BOCM-20220805-26)
Convenio –  Publicación del convenio-subvención de 11 de julio de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Transportes e Infraestructuras) y el Comité Madrileño de Transporte por Carretera, con el objeto de garantizar el desarrollo de sus funciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 185

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 5 DE AGOSTO DE 2022

Pág. 105

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Transportes e Infraestructuras
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PUBLICACIÓN del convenio-subvención de 11 de julio de 2022, entre la Comunidad
de Madrid (Consejería de Transportes e Infraestructuras) y el Comité Madrileño de
Transporte por Carretera, con el objeto de garantizar el desarrollo de sus funciones.
Madrid, a 11 de julio de 2022.

De una parte, el Ilmo. Sr. D David Pérez García, Consejero de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 50/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid,
en ejercicio de las funciones conferidas en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en el artículo 1 del Decreto 194/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Transportes e Infraestructuras y en el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, el Sr. D. Antonio Villaverde León, presidente del Comité Madrileño de
Transporte por Carretera para el cuatrienio 2022-2025, nombrado en sesión plenaria del departamento de mercancías de fecha 20 de enero de 2022, de conformidad con las competencias de representación atribuidas por el artículo 7 del Decreto 2/2005, de 20 de enero,
por el que se crea el Comité Madrileño de Transporte por Carretera y se regula el Registro
de Asociaciones Profesionales de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares
y Complementarias del Transporte con implantación en la Comunidad de Madrid.
Reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del
presente documento, en uso de las competencias que ambas partes tienen otorgadas.
I. La Comunidad de Madrid, en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.1.6 de su Estatuto de Autonomía, tiene competencia exclusiva sobre los transportes por carretera cuyo
itinerario discurra íntegramente por su territorio.
La Consejería de Transportes e Infraestructuras, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del Decreto 194/2021, de 3 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, es responsable del desarrollo, coordinación y control de las políticas públicas del Gobierno en materia de movilidad y transporte
atribuyéndose, en el artículo 4, a la Dirección General de Transportes y Movilidad el ejercicio de las funciones para su consecución.
II. El Comité Madrileño de Transporte por Carretera, creado mediante el Decreto 2/2005, de 20 de enero, es una entidad corporativa de base privada, configurada como
órgano de representación y de colaboración con la Administración que sirve de cauce de
participación integrada del sector del transporte en las funciones públicas que le afectan, y
al que corresponden, por disposición normativa, diversas funciones de informe y colaboración con la Administración en el ámbito del transporte por carretera y participar, en representación de las empresas y asociaciones de transporte, en la elaboración de cuantas disposiciones se dicten en materia de transportes.
De conformidad con lo que se establece en el artículo 2 del citado decreto, el Comité
Madrileño de Transporte por Carretera tiene como funciones, entre otras, informar en los
procedimientos de fijación de tarifas y en los planes anuales de inspección, así como en los
procedimientos de imposición de sanciones que lleven aparejada la revocación definitiva
de la autorización o la caducidad de la concesión.
Asimismo, colaborar con la Administración en relación con la capacitación profesional y en la creación de centros de información y distribución de cargas, estaciones de transporte y centros de formación de transportes y en su promoción.
Por otra parte, además, el Comité Madrileño de Transporte por Carretera constituye,
para la Administración de la Comunidad de Madrid, un instrumento especialmente idóneo

BOCM-20220805-26

REUNIDOS