D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20220718-60)
Convenio –  Convenio de 27 de junio de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y doña Luisa Moreno Martín, en condición usufructuaria vitalicia y don Teodoro López Moreno, don Jesús López Moreno, doña Raquel López Moreno y doña María Luisa López Moreno, en condición de copropietarios de las parcelas con referencia catastral 28031A023001390000ZM y 28031A021001630000ZD, del municipio de cadalso de los vidrios, por el que se instrumenta la concesión directa de una ayuda en especie para la realización de diversos trabajos de restauración incluidos en el Decreto 239/2019, de 24 de septiembre, por el que se declara zona de actuación urgente
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 169

LUNES 18 DE JULIO DE 2022

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En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que
se consideran incumplidos.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se
entenderá resuelto el convenio.
En caso de incumplimiento de los compromisos y obligaciones por parte de los beneficiarios de la subvención previstos en la cláusula segunda, la Comunidad de Madrid procederá a la ejecución de los trabajos objeto de incumplimiento a costa de estos beneficiarios, de conformidad con lo previsto en el artículo 54 de la Ley 16/1995, de 4 de mayo.
Novena
Protección de datos de carácter personal
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente protocolo.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad
que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el
encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Décima
Comisión de Seguimiento
Se constituye una Comisión de Seguimiento para la aplicación del Convenio que estará compuesta por tres representantes de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura pertenecientes a la Subdirección General de Recursos Naturales a propuesta del titular de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales.
Undécima
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será competente para conocer las cuestiones litigiosas que puedan surgir en su interpretación y cumplimiento.
En lo no previsto en el presente convenio serán de aplicación la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; y la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Por todo lo cual y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha de la firma.
Madrid, a 27 de junio de 2022.—La beneficiaria y representante, Raquel López Moreno.—La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, P. D. (Orden 369/2022,
de 24 de febrero), el Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.
(03/13.717/22)
http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20220718-60

Naturaleza jurídica