Daganzo de Arriba (BOCM-20220707-69)
Otros anuncios. Candidatura juez de paz
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE JULIO DE 2022
Pág. 307
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
DAGANZO DE ARRIBA
OTROS ANUNCIOS
BOCM-20220707-69
Por bando de Alcaldía-Presidencia de fecha 27 de junio de 2022, se comunica que
corresponde al pleno del Ayuntamiento la elección de las personas para ser nombradas juez
de paz sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102
de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas y
reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido al alcalde.
En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuando a requisitos, duración del cargo, etcétera.
Y en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación eligirá libremente
comunicando el acuerdo al Juzgado de primera instancia del partido.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo, a 27 de junio de 2022.—El alcalde, Manuel Jurado Marrufo.
(03/13.450/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 160
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JUEVES 7 DE JULIO DE 2022
Pág. 307
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
69
DAGANZO DE ARRIBA
OTROS ANUNCIOS
BOCM-20220707-69
Por bando de Alcaldía-Presidencia de fecha 27 de junio de 2022, se comunica que
corresponde al pleno del Ayuntamiento la elección de las personas para ser nombradas juez
de paz sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102
de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas y
reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido al alcalde.
En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuando a requisitos, duración del cargo, etcétera.
Y en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación eligirá libremente
comunicando el acuerdo al Juzgado de primera instancia del partido.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo, a 27 de junio de 2022.—El alcalde, Manuel Jurado Marrufo.
(03/13.450/22)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791