Madrid (BOCM-20220630-93)
Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Robregordo
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BOCM
Pág. 346
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 154
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
93
MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO
Don Sebastián Lastra Liendo, Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con sede en Madrid.
BOCM-20220630-93
Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en
sesión celebrada el 23 de mayo de 2022, ha adoptado el siguiente acuerdo:
3. Cuarto. Robregordo.—Nombramiento de juez de paz titular.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Robregordo, realizada en comunicación del resultado del pleno de 31 de marzo de 2022, en la que se propone
como candidato para el cargo de jueza de paz titular de Robregordo a doña Celsa Pereiro
Portela.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz, relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 31 de marzo de 2022, del Ayuntamiento de Robregordo
y nombrar jueza de paz titular a doña Celsa Pereiro Portela.
Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Torrelaguna, partido judicial al que
pertenece, al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Robregordo, al Juzgado de Paz de la
misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste, extiendo la presente.
En Madrid, a 9 de junio del 2022.—El Secretario de Gobierno, Sebastián Lastra Liendo.
(03/12.164/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
93
MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO
Don Sebastián Lastra Liendo, Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con sede en Madrid.
BOCM-20220630-93
Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en
sesión celebrada el 23 de mayo de 2022, ha adoptado el siguiente acuerdo:
3. Cuarto. Robregordo.—Nombramiento de juez de paz titular.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Robregordo, realizada en comunicación del resultado del pleno de 31 de marzo de 2022, en la que se propone
como candidato para el cargo de jueza de paz titular de Robregordo a doña Celsa Pereiro
Portela.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz, relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 31 de marzo de 2022, del Ayuntamiento de Robregordo
y nombrar jueza de paz titular a doña Celsa Pereiro Portela.
Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Torrelaguna, partido judicial al que
pertenece, al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Robregordo, al Juzgado de Paz de la
misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste, extiendo la presente.
En Madrid, a 9 de junio del 2022.—El Secretario de Gobierno, Sebastián Lastra Liendo.
(03/12.164/22)
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