Navalcarnero (BOCM-20220630-77)
Régimen económico. Padrones fiscales bienes inmuebles
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 154
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022
Pág. 315
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
NAVALCARNERO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20220630-77
Se pone en conocimiento del público en general que este Ayuntamiento, conforme a
lo establecido en el artículo 68 del Reglamento General de Recaudación, pone al cobro los
padrones del 50 por 100 del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y bienes inmuebles de características especiales correspondientes al ejercicio 2022,
según padrón aprobado mediante decreto del concejal-delegado de Hacienda de fecha 21
de febrero de 2022 y 18 de marzo de 2022, respectivamente. El período voluntario del mismo será el comprendido entre el 1 de junio y el 12 de agosto del presente año.
Se realizarán los pagos de dichos tributos en las entidades bancarias que se indican en
los recibos que a tal efecto remitirá el Ayuntamiento a los contribuyentes, facilitándose duplicados de los mismos a los contribuyentes que no lo hubieran recibido y así lo requieran
en la Oficina de Recaudación.
Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo, podrá formularse recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública
del padrón correspondiente.
El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario de pago sin haber satisfecho la deuda, determinará el inicio del periodo ejecutivo, el devengo de un recargo del 20
por 100 del importe de la deuda no ingresada, así como de los intereses de demora correspondientes a esta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 167 de la Ley General Tributaria, así como en el vigente Reglamento General de Recaudación.
En Navalcarnero, a 17 de junio de 2022.—El concejal-delegado de Hacienda, Juan
Santos Benito Rodríguez.
(01/12.807/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
NAVALCARNERO
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Se pone en conocimiento del público en general que este Ayuntamiento, conforme a
lo establecido en el artículo 68 del Reglamento General de Recaudación, pone al cobro los
padrones del 50 por 100 del padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y bienes inmuebles de características especiales correspondientes al ejercicio 2022,
según padrón aprobado mediante decreto del concejal-delegado de Hacienda de fecha 21
de febrero de 2022 y 18 de marzo de 2022, respectivamente. El período voluntario del mismo será el comprendido entre el 1 de junio y el 12 de agosto del presente año.
Se realizarán los pagos de dichos tributos en las entidades bancarias que se indican en
los recibos que a tal efecto remitirá el Ayuntamiento a los contribuyentes, facilitándose duplicados de los mismos a los contribuyentes que no lo hubieran recibido y así lo requieran
en la Oficina de Recaudación.
Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo, podrá formularse recurso de reposición ante la Alcaldía-Presidencia en el plazo de un
mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del periodo de exposición pública
del padrón correspondiente.
El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario de pago sin haber satisfecho la deuda, determinará el inicio del periodo ejecutivo, el devengo de un recargo del 20
por 100 del importe de la deuda no ingresada, así como de los intereses de demora correspondientes a esta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 167 de la Ley General Tributaria, así como en el vigente Reglamento General de Recaudación.
En Navalcarnero, a 17 de junio de 2022.—El concejal-delegado de Hacienda, Juan
Santos Benito Rodríguez.
(01/12.807/22)
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