Móstoles número 1 (BOCM-20220630-108)
Procedimiento 1023/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 154

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
108

MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María Victoria Esteban Delgado, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo Social n.o 1 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 1023/2021-E de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. RUBÉN RODRÍGUEZ DÍAZ BENITO y D./Dña. MANUEL DE
LA CRUZ ENDRINO frente a SEGURSA 2000, S.A. sobre Procedimiento Ordinario se ha
dictado la siguiente resolución.
FALLO

BOCM-20220630-108

Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don Manuel de la Cruz
Endino y don Rubén Rodríguez Díaz-Benito contra Segursa 2000 S.A., condenando a Segursa S.A. a abonar a:
1.o Don Manuel de la Cruz Endino la cantidad de 10.745,82 euros brutos más el 10 %
de interés por mora de los conceptos salariales,
2.o Don Rubén Rodríguez Díaz- Benito la cantidad de 6.386,86 euros brutos más
el 10 % de interés por mora de los conceptos salariales.
Debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de lo dispuesto
en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer
recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su tramitación.
Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público
de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este
juzgado abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número
cuenta expediente 2850-0000-1023-21, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber
consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en el que se
haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SEGURSA 2000, S.A., en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a diez de junio de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/12.179/22)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791