Madrid número 17 (BOCM-20220630-99)
Ejecución 108/2022
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 154

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
99

MADRID NÚMERO 17
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. JOSE MOREIRAS CHAVES Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo Social nº 17 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 108/2022 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. MARIN IARNA frente a JOMAPE LUCERNA SL y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
En Madrid, a 15 de junio de 2022
AUTO NÚM. 153/2022
PARTE DISPOSITIVA
Se declara extinguida la relación laboral que unía a D. MARIN IARNA con la entidad
JOMAPE LUCERNA S.L. condenando a este último al abono a la actora de la cantidad de
8.887,69 euros en concepto de indemnización, así como al abono de los salarios dejados de
percibir desde la fecha del despido (3-11-2021) hasta la fecha de la presente resolución a
razón de euros/día, deduciendo los salarios que haya podido percibir por empleos posteriores al despido o por prestaciones por desempleo.
MODO DE IMPUGNACION: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea
trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad BANCO DE SANTANDER; para pagos por transferencia IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con el concepto 2515-0000-64-0108-22 y
para pagos en ventanilla 2515-0000-64-0108-22.
Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
D./Dña. ISABEL SANCHEZ PEÑA.
EL MAGISTRADO-JUEZ
Y para que sirva de notificación en legal forma a JOMAPE LUCERNA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintiuno de junio de dos mil veintidós.

BOCM-20220630-99

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/13.010/22)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791