D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220630-36)
Depósito estatutos –  Resolución de 13 de junio de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación denominada Asociación de Empresas Productoras de Artes Escénicas de Madrid-Artemad (número de registro de la asociación 28000044)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 154

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022

Pág. 243

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
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RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre modificación de los estatutos de la asociación denominada Asociación de Empresas Productoras de Artes
Escénicas de Madrid-Artemad (número de registro de la asociación 28000044).

Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D. Emilio
del Valle Jiménez, en representación de la asociación empresarial denominada Asociación de Empresas Productoras de Artes Escénicas de la Comunidad de Madrid, en siglas
Artemad y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2022/000133 en
esta Oficina de Depósito de Estatutos de fecha 4 de mayo de 2022 por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Al observarse defectos en la documentación aportada se requirió con fecha 11 de mayo
de 2022 para la subsanación de las deficiencias, aportándose la subsanación con fecha 9 de
junio de 2022.
Se adjuntan certificaciones del acuerdo de modificación estatutaria adoptado en las
Asambleas Generales celebradas los días 26 de abril de 2022 y el 19 de mayo de 2022, asimismo se aporta el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados.
En particular, se modifica el artículo 3 de los estatutos incluyendo los fines laborales
que identifican a las asociaciones profesionales. Además se modifican los artículos 29, 34,
36, 37 y se añade el artículo 38 como consecuencia de la reestructuración del Estatuto, el
Titulo IV se desdobla en 2 Títulos (IV y V) y se añade el Titulo VI. También se actualiza
todo el texto del Estatuto para que quede escrito con un lenguaje inclusivo.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, Reguladora del Derecho de Asociación Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de
estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales que la desarrolla.
A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley 19/1977 de 1 de abril, Reguladora del
Derecho de Asociación Sindical, Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito
de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales constituidas al amparo de la
Ley19/77 de 1 de abril y Real Decreto 932/95 de 9 de junio sobre Traspaso de Funciones
y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de
Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Segundo
Que del análisis de la documentación aportada, se deduce que la modificación de los
estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 7.2 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE

BOCM-20220630-36

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