Fuenlabrada (BOCM-20220630-72)
Otros anuncios. Patronato Municipal de Deportes. Autorización demanial espacios deportivos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 154
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022
Pág. 299
b) Tener su domicilio social en el municipio de Fuenlabrada, no pudiendo ninguna
entidad, asociación o club deportivo tener su domicilio social en instalaciones deportivas municipales.
c) Realizar la actividad habitual en el Término Municipal de Fuenlabrada.
d) Carecer de instalaciones deportivas adecuadas o suficientes para la realización de
entrenamientos y el desarrollo de las actividades objeto de esta convocatoria de
solicitud de ocupación y uso de unidades y espacios deportivos.
Tercera. Unidades deportivas, horarios y períodos objeto de autorización de uso
Son susceptibles de reserva el conjunto de instalaciones deportivas de titularidad municipal gestionadas por el Servicio de Deportes (PMD) y por el Ayuntamiento de Fuenlabrada, tales como pabellones polideportivos, pistas al aire libre y campos de fútbol.
La autorización demanial para el uso de unidades y espacios deportivos, para entrenamientos, a entidades deportivas sin fines de lucro, objeto de esta convocatoria, abarcará el
período comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de mayo de 2023 para la temporada deportiva 2022-2023.
Se podrá prolongar la reserva durante el mes de junio y a solicitud de la entidad.
Las unidades deportivas, días y horarios ofertados de entrenamientos para baloncesto,
fútbol sala y voleibol se relacionan en el Anexo I de esta convocatoria, estando clasificados
en bloques.
Para fútbol y fútbol 7, las unidades deportivas, así como los días y horas de uso, para
entrenamientos, se relacionan en el Anexo II de esta convocatoria, estando clasificados en
función de las distintas categorías de los equipos y competición requerida.
Excepcionalmente, y por razones de interés público, los días y horarios indicados
podrán sufrir variaciones debido a la programación de eventos de especial relevancia,
actividades organizadas por el PMD de Fuenlabrada, competiciones nacionales u otras
actividades de similar naturaleza.
Cuarta. Condiciones para la ocupación y autorizaciones de uso de unidades y espacios
deportivos
En virtud del artículo 92, de Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, esta autorización demanial para el uso de unidades y espacios
deportivos, para entrenamientos, a entidades deportivas sin fines de lucro (deportes de equipo) de Fuenlabrada, no está sujeta a tasa al no llevar aparejada una utilidad económica para
la persona autorizada.
La entidad autorizada para el uso de unidades y espacios deportivos para entrenamientos, no podrá cobrar ningún tipo de importe por cualquier concepto derivado de la autorización, no pudiendo tener ningún fin comercial ni lucrativo, ni percibir de terceros contraprestación económica alguna por el uso de las instalaciones deportivas autorizadas.
La entidad solicitante, una vez obtenida la autorización demanial de uso de unidades
y espacios deportivos, deberá poner en conocimiento de los usuarios; deportistas, técnicos,
madres, padres y/o tutores legales, esta condición de exención de tasa.
El presidente o representante legal de la entidad deberá presentar declaración responsable.
Solicitudes de ocupación y uso
Todos los equipos que reúnan los requisitos especificados en la cláusula “Segunda” de
esta convocatoria y mantengan la inscripción y participación para la temporada 2022-2023
tendrán asegurado el espacio de entrenamiento para dicha temporada. Para aquellos equipos que no finalizasen la competición perderán automáticamente el/los espacios para entrenamientos, a estos efectos se considerarán equipos de nueva creación.
Una vez obtenida la correspondiente autorización demanial de uso de la unidad o unidades y espacios deportivos, la no inscripción y participación del equipo o equipos de la entidad
deportiva solicitante en la competición, para la temporada deportiva 2022-2023, dará lugar a
la pérdida de las autorizaciones de uso de las unidades y espacios deportivos concedidos.
La actividad a desarrollar en los espacios autorizados por la presente convocatoria no
podrá tener ningún fin comercial ni lucrativo y es imprescindible el adecuado cumplimiento del horario establecido y que la actividad desarrollada se corresponda estrictamente al
definido en la presente convocatoria.
BOCM-20220630-72
A) Para la solicitud de ocupación y uso de equipos participantes en ligas municipales
o competición federada
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 154
JUEVES 30 DE JUNIO DE 2022
Pág. 299
b) Tener su domicilio social en el municipio de Fuenlabrada, no pudiendo ninguna
entidad, asociación o club deportivo tener su domicilio social en instalaciones deportivas municipales.
c) Realizar la actividad habitual en el Término Municipal de Fuenlabrada.
d) Carecer de instalaciones deportivas adecuadas o suficientes para la realización de
entrenamientos y el desarrollo de las actividades objeto de esta convocatoria de
solicitud de ocupación y uso de unidades y espacios deportivos.
Tercera. Unidades deportivas, horarios y períodos objeto de autorización de uso
Son susceptibles de reserva el conjunto de instalaciones deportivas de titularidad municipal gestionadas por el Servicio de Deportes (PMD) y por el Ayuntamiento de Fuenlabrada, tales como pabellones polideportivos, pistas al aire libre y campos de fútbol.
La autorización demanial para el uso de unidades y espacios deportivos, para entrenamientos, a entidades deportivas sin fines de lucro, objeto de esta convocatoria, abarcará el
período comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de mayo de 2023 para la temporada deportiva 2022-2023.
Se podrá prolongar la reserva durante el mes de junio y a solicitud de la entidad.
Las unidades deportivas, días y horarios ofertados de entrenamientos para baloncesto,
fútbol sala y voleibol se relacionan en el Anexo I de esta convocatoria, estando clasificados
en bloques.
Para fútbol y fútbol 7, las unidades deportivas, así como los días y horas de uso, para
entrenamientos, se relacionan en el Anexo II de esta convocatoria, estando clasificados en
función de las distintas categorías de los equipos y competición requerida.
Excepcionalmente, y por razones de interés público, los días y horarios indicados
podrán sufrir variaciones debido a la programación de eventos de especial relevancia,
actividades organizadas por el PMD de Fuenlabrada, competiciones nacionales u otras
actividades de similar naturaleza.
Cuarta. Condiciones para la ocupación y autorizaciones de uso de unidades y espacios
deportivos
En virtud del artículo 92, de Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, esta autorización demanial para el uso de unidades y espacios
deportivos, para entrenamientos, a entidades deportivas sin fines de lucro (deportes de equipo) de Fuenlabrada, no está sujeta a tasa al no llevar aparejada una utilidad económica para
la persona autorizada.
La entidad autorizada para el uso de unidades y espacios deportivos para entrenamientos, no podrá cobrar ningún tipo de importe por cualquier concepto derivado de la autorización, no pudiendo tener ningún fin comercial ni lucrativo, ni percibir de terceros contraprestación económica alguna por el uso de las instalaciones deportivas autorizadas.
La entidad solicitante, una vez obtenida la autorización demanial de uso de unidades
y espacios deportivos, deberá poner en conocimiento de los usuarios; deportistas, técnicos,
madres, padres y/o tutores legales, esta condición de exención de tasa.
El presidente o representante legal de la entidad deberá presentar declaración responsable.
Solicitudes de ocupación y uso
Todos los equipos que reúnan los requisitos especificados en la cláusula “Segunda” de
esta convocatoria y mantengan la inscripción y participación para la temporada 2022-2023
tendrán asegurado el espacio de entrenamiento para dicha temporada. Para aquellos equipos que no finalizasen la competición perderán automáticamente el/los espacios para entrenamientos, a estos efectos se considerarán equipos de nueva creación.
Una vez obtenida la correspondiente autorización demanial de uso de la unidad o unidades y espacios deportivos, la no inscripción y participación del equipo o equipos de la entidad
deportiva solicitante en la competición, para la temporada deportiva 2022-2023, dará lugar a
la pérdida de las autorizaciones de uso de las unidades y espacios deportivos concedidos.
La actividad a desarrollar en los espacios autorizados por la presente convocatoria no
podrá tener ningún fin comercial ni lucrativo y es imprescindible el adecuado cumplimiento del horario establecido y que la actividad desarrollada se corresponda estrictamente al
definido en la presente convocatoria.
BOCM-20220630-72
A) Para la solicitud de ocupación y uso de equipos participantes en ligas municipales
o competición federada