C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID (BOCM-20220628-9)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de Resolución de 23 de junio de 2022, de la Universidad Politécnica de Madrid, por la que se convocan ayudas para la recualificación del sistema universitario español para 2021-2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 44
MARTES 28 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 152
Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria esta regulada por el Real Decreto 289/2021 de 20 de abril,
por el que regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la recualificación del sistema universitario español (en adelante, RD 289/2021), que sustituyen
a unas bases reguladoras específicas.
Cuarto
Cuantía
La Orden UNI/551/2021, de 26 de mayo, estipula una cuantía total de 10.600.896 euros,
a razón de 3.533.632 euros para los años 2021, 2022 y 2023, con el objetivo de cubrir un mínimo de 73 ayudas entre las tres modalidades, y dedicar un mínimo del 50 por 100 de la dotación a la modalidad 1. Estos objetivos se cumplieron en la I convocatoria en la que se resolvieron 94 ayudas por un importe de 8.651.480,08 euros. Esta II convocatoria complementaria
está dirigida a cubrir ayudas con los fondos resultantes de renuncias o vacantes por no aceptación de las ayudas de la I convocatoria que se produzcan antes de la fecha de resolución de
esta II convocatoria hasta completar la cantidad de 10.600.896 euros. La dotación de esta II
convocatoria es plurianual.
Se reserva un 3 por 100 de la cuantía concedida para la promoción de la igualdad de
oportunidades e inclusión de las personas con discapacidad que cumplan los requisitos expresados en la Orden UNI/551/2021, para solicitudes en cualquiera de las tres modalidades.
En caso de quedar remanente en alguna modalidad, se incorporará a los presupuestos de las
otras modalidades
Las ayudas se destinarán a:
— Modalidad 1: al menos 10 estancias presenciales y continuadas de formación en
universidades españolas excluida la UPM; o en centros de investigación públicos
españoles, excluidos los que tengan participación de la UPM, con el último año de
estancia en una universidad pública española; o en universidades o centros de investigación públicos o privados extranjeros con el último año de estancia en una
universidad pública española.
— Modalidad 2: al menos 8 estancias presenciales de formación en universidades o
centros de investigación públicos españoles; o en universidades o centros de investigación públicos o privados extranjeros de profesores funcionarios o contratados de la UPM.
— Modalidad 3: al menos 10 estancias presenciales y continuadas de formación en la
UPM, de personal docente e investigador con trayectoria posdoctoral acumulada
no inferior a 24 meses en universidades o centros de investigación españoles o extranjeros diferentes al de la defensa de la tesis doctoral.
La concesión de estancias se hará en orden a cubrir la distribución de la dotación entre las
modalidades, de forma que se cumplan las condiciones exigidas en la Orden UNI/556/2021.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Sexto
Procedimiento de evaluación
La Comisión de Investigación de la UPM propondrá la constitución de una Comisión
de Evaluación y Selección formada por al menos tres personas, docentes o investigadores
de reconocido prestigio, que cuenten con al menos tres sexenios de investigación y/o transferencia, con participación mayoritaria de personas externas a la UPM. La composición de
BOCM-20220628-9
Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente por el solicitante mediante
el formulario web en la dirección:
— http://www.upm.es/Investigacion/Programa_Propio_UPM/Convocatorias2022
El plazo para presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de la UPM” hasta el 25 de julio de 2022,
a las 14:00 (hora de España CET).
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 44
MARTES 28 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 152
Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria esta regulada por el Real Decreto 289/2021 de 20 de abril,
por el que regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la recualificación del sistema universitario español (en adelante, RD 289/2021), que sustituyen
a unas bases reguladoras específicas.
Cuarto
Cuantía
La Orden UNI/551/2021, de 26 de mayo, estipula una cuantía total de 10.600.896 euros,
a razón de 3.533.632 euros para los años 2021, 2022 y 2023, con el objetivo de cubrir un mínimo de 73 ayudas entre las tres modalidades, y dedicar un mínimo del 50 por 100 de la dotación a la modalidad 1. Estos objetivos se cumplieron en la I convocatoria en la que se resolvieron 94 ayudas por un importe de 8.651.480,08 euros. Esta II convocatoria complementaria
está dirigida a cubrir ayudas con los fondos resultantes de renuncias o vacantes por no aceptación de las ayudas de la I convocatoria que se produzcan antes de la fecha de resolución de
esta II convocatoria hasta completar la cantidad de 10.600.896 euros. La dotación de esta II
convocatoria es plurianual.
Se reserva un 3 por 100 de la cuantía concedida para la promoción de la igualdad de
oportunidades e inclusión de las personas con discapacidad que cumplan los requisitos expresados en la Orden UNI/551/2021, para solicitudes en cualquiera de las tres modalidades.
En caso de quedar remanente en alguna modalidad, se incorporará a los presupuestos de las
otras modalidades
Las ayudas se destinarán a:
— Modalidad 1: al menos 10 estancias presenciales y continuadas de formación en
universidades españolas excluida la UPM; o en centros de investigación públicos
españoles, excluidos los que tengan participación de la UPM, con el último año de
estancia en una universidad pública española; o en universidades o centros de investigación públicos o privados extranjeros con el último año de estancia en una
universidad pública española.
— Modalidad 2: al menos 8 estancias presenciales de formación en universidades o
centros de investigación públicos españoles; o en universidades o centros de investigación públicos o privados extranjeros de profesores funcionarios o contratados de la UPM.
— Modalidad 3: al menos 10 estancias presenciales y continuadas de formación en la
UPM, de personal docente e investigador con trayectoria posdoctoral acumulada
no inferior a 24 meses en universidades o centros de investigación españoles o extranjeros diferentes al de la defensa de la tesis doctoral.
La concesión de estancias se hará en orden a cubrir la distribución de la dotación entre las
modalidades, de forma que se cumplan las condiciones exigidas en la Orden UNI/556/2021.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Sexto
Procedimiento de evaluación
La Comisión de Investigación de la UPM propondrá la constitución de una Comisión
de Evaluación y Selección formada por al menos tres personas, docentes o investigadores
de reconocido prestigio, que cuenten con al menos tres sexenios de investigación y/o transferencia, con participación mayoritaria de personas externas a la UPM. La composición de
BOCM-20220628-9
Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente por el solicitante mediante
el formulario web en la dirección:
— http://www.upm.es/Investigacion/Programa_Propio_UPM/Convocatorias2022
El plazo para presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de la UPM” hasta el 25 de julio de 2022,
a las 14:00 (hora de España CET).