D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20220628-11)
Convenio –  Convenio de 8 de junio de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior), el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, el Ayuntamiento de Pelayos de la Presa y el Comité Autonómico de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, en materia de seguridad y salvamento en el pantano de San Juan
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE JUNIO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 152

tas administraciones públicas” del Capítulo II del Título preliminar de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinta
Urgencia
El presente convenio entrará en vigor el día siguiente de su firma y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, existiendo disponibilidad presupuestaria en el ejercicio 2022
para su ejecución.
Antes de la finalización del plazo previsto, los firmantes del convenio podrán acordar
unánimemente su prórroga por un período de un año adicional o su extinción, con una antelación mínima de dos meses a la fecha del vencimiento, quedando condicionada a la existencia de disponibilidad presupuestaria de cada una de las administraciones intervinientes.
Sexta
Modificación e incidencia de las reformas legales
El convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes, mediante adenda
o nuevo convenio.
El convenio se realiza conforme a la legislación vigente en la fecha de su firma. Las
partes se comprometen a adecuar su contenido a las reformas legales que se produzcan en
el futuro.
Séptima
Extinción
Serán causa de resolución del convenio las siguientes:
a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado su prórroga.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes, en los términos establecidos en el artículo 51 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
d) Por decisión judicial declaratoria de nulidad del convenio.
En caso de extinción del presente convenio por acuerdo de las partes, las actuaciones
en curso quedarán en los términos que acuerde la Comisión Mixta.
Octava
El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Queda excluido del ámbito de
aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de conformidad con lo previsto en su artículo 6.
Las cuestiones litigiosas que pudieran plantearse sobre su interpretación y ejecución
que no hubieran podido ser resueltas por la Comisión Mixta o prevista en la cláusula cuarta deberán ser resueltas por la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de este orden jurisdiccional.
Y en prueba de conformidad con todo lo anterior, las partes firman el presente convenio, por cuadruplicado, en el lugar indicado en el presente convenio.
Madrid, a 8 de junio de 2022.—El Viceconsejero de Interior y Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, Carlos Novillo Piris.—La Alcaldesa del
Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias, María Mercedes Zarzalejo Carbajo.—El
Secretario de Cruz Roja Española en la Comunidad de Madrid, Francisco Gabriel Sánchez
Parodi.—El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pelayos de la Presa, Antonio Sin
Hernández.

BOCM-20220628-11

Naturaleza jurídica y orden jurisdiccional competente