Móstoles número 2 (BOCM-20220624-93)
Procedimiento 223/2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 149

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE JUNIO DE 2022

Pág. 321

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
93

MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María Isabel Cano Campaña letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo
Social nº 02 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 223/2022 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. MARTA GONZALEZ VADORREY frente a WHITE FIT, S.L.,
FOGASA y PERCRIS SPORT, S.L. sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Estimo parcialmente la demanda formulada por Dña. MARTA GONZALEZ VADORREY, frente a WHITE FIT, S.L. y PERCRIS SPORT, S.L., y declaro la improcedencia
del despido de que fue objeto con efectos de 31-01-22 por parte de la empresa PERCRIS
SPORT, S.L., y habiendo cesado dicha empresa en su actividad, siendo irrealizable la readmisión de la actora, declaro extinguida con esta fecha la relación laboral que unía a las partes, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración, así como a abonar a la
actora en concepto de indemnización la cantidad de 4.054’71 euros, y por salarios de tramitación la cantidad de 2.242’91 euros.
Absuelvo de la demanda a WHITE FIT, S.L.
Notifíquese esta Sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días
siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público
de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este juzgado 2851-0000-61-0223-22 abierta en la oficina del Banco Santander 1564 sita en Avda.
Constitución 52 de Móstoles, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al
tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este juzgado con IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando en el campo
“observaciones o concepto de la transferencia” los dígitos 2851-0000-61-0223-22.
Expídase testimonio de esta sentencia, que se unirá a las actuaciones y llévese el original al Libro de Sentencias.
Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
DILIGENCIA.-La anterior sentencia ha sido pronunciada y publicada por el/la Magistrado/a Juez que suscribe en el mismo día de su fecha y en audiencia pública; se incluye el
original de esta resolución en el Libro de Sentencias, poniendo en los autos certificación literal de la misma, remito a cada una de las partes un sobre por correo certificado, con acuse de recibo, conteniendo copia de ella, Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a WHITE FIT, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo

BOCM-20220624-93

FALLO