Madrid número 26 (BOCM-20220624-81)
Procedimiento 110/2022
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 306
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 149
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
81
MADRID NÚMERO 26
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 26 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 110/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MARIA CELESTE VIVEROS DE PORTILLO frente a D. GREGORIO RODRIGO HARO GARCIA y FONDO DE GARANTIA SALARIAL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Madrid, a diecisiete de junio de dos mil veintidós.
PARTE DISPOSITIVA
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA
En Madrid, a diecisiete de junio de dos mil veintidós.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 22/03/2022, a la empresa D. GREGORIO RODRIGO HARO GARCIA
en favor del/de los demandante/s D. MARIA CELESTE VIVEROS DE PORTILLO y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este
Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 6 - 28008, el día 04/07/2022, a las 11:30
horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la
que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa
cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la
parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el
acto se celebrará sin su presencia.
BOCM-20220624-81
Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante Dña. MARIA CELESTE VIVEROS DE PORTILLO frente a D. GREGORIO RODRIGO HARO GARCIA.
Recábese telemáticamente de la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad
Social, a través del Punto Neutro Judicial, informe de vida laboral del trabajador y adviértase asimismo a la parte atora que, a efectos del cómputo de los salarios de tramitación, deberá acreditar a través de la presentación de las correspondientes Nóminas, el periodo de
prestación de servicios en otra empresa, entendiéndose en otro caso que el salario percibido es igual o superior al que tenía con anterioridad. (art.56.1 del E.T.)
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los
términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este
Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander número de cuenta 2524-0000-64-0110-22.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
Dña. LAURA GUIRADO FUERTES.
EL MAGISTRADO-JUEZ
Pág. 306
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 149
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
81
MADRID NÚMERO 26
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 26 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 110/2022 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. MARIA CELESTE VIVEROS DE PORTILLO frente a D. GREGORIO RODRIGO HARO GARCIA y FONDO DE GARANTIA SALARIAL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
AUTO
En Madrid, a diecisiete de junio de dos mil veintidós.
PARTE DISPOSITIVA
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA
En Madrid, a diecisiete de junio de dos mil veintidós.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 22/03/2022, a la empresa D. GREGORIO RODRIGO HARO GARCIA
en favor del/de los demandante/s D. MARIA CELESTE VIVEROS DE PORTILLO y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este
Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 6 - 28008, el día 04/07/2022, a las 11:30
horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la
que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa
cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la
parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el
acto se celebrará sin su presencia.
BOCM-20220624-81
Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de ejecutante Dña. MARIA CELESTE VIVEROS DE PORTILLO frente a D. GREGORIO RODRIGO HARO GARCIA.
Recábese telemáticamente de la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad
Social, a través del Punto Neutro Judicial, informe de vida laboral del trabajador y adviértase asimismo a la parte atora que, a efectos del cómputo de los salarios de tramitación, deberá acreditar a través de la presentación de las correspondientes Nóminas, el periodo de
prestación de servicios en otra empresa, entendiéndose en otro caso que el salario percibido es igual o superior al que tenía con anterioridad. (art.56.1 del E.T.)
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los
términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este
Juzgado abierta en la Entidad Banco Santander número de cuenta 2524-0000-64-0110-22.
Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez
Dña. LAURA GUIRADO FUERTES.
EL MAGISTRADO-JUEZ