B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220624-10)
Nombramiento –  Orden de 14 de junio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala Arquitectura Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 149

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE JUNIO DE 2022

Pág. 41

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
10

ORDEN de 14 de junio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros y
Arquitectos Técnicos, Escala Arquitectura Técnica, de Administración Especial,
Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

A la vista de la Resolución de 29 de abril de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de mayo), de la Dirección General de la Función Pública, por la que
se resuelve el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos, Escala Arquitectura Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de
la Comunidad de Madrid, convocado por la Orden 318/2020, de 12 de febrero (BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de febrero), de la entonces Vicepresidencia,
Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, y una vez verificada la concurrencia
de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en la base Novena de la citada convocatoria, la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid,
el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, de aplicación
supletoria en la Comunidad de Madrid, y el artículo 2 del Decreto 74/1988, de 23 de junio,
por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas
en materia de personal,
DISPONGO
Primero
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Técnicos,
Escala Arquitectura Técnica, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, a los aspirantes que figuran en el Anexo de la presente Orden, ordenados según la puntuación obtenida, con la expresión de los puestos de trabajo que se adjudican.
Segundo

Tercero
Para efectuar la comparecencia de toma de posesión prevista en el apartado anterior, los
aspirantes deberán ponerse en contacto con la Dirección General de Recursos Humanos a través del correo electrónico situacionesadministrativa@madrid.org para concertar cita previa.
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo
órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el

BOCM-20220624-10

Para adquirir la condición de funcionario, de conformidad con lo establecido en la
Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid y el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, sobre juramento en la toma de posesión de cargos o funcionarios públicos, deberán prestar juramento o promesa y tomar posesión en el puesto de trabajo
en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a cuyo efecto deberán presentarse en la Dirección General de Recursos Humanos, sita en Plaza de Chamberí, número 8, primera planta,
dentro del plazo indicado, decayendo en su derecho en caso de no hacerlo, salvo en el supuesto de concesión de prórroga, previa solicitud debidamente justificada.