Móstoles número 1 (BOCM-20220624-86)
Ejecución 80/2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 312
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 149
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
86
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELICADO LETRADO/A DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento de ejecución 80/2022 de este juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIANO SACRISTAN VAQUERIZO, D./Dña.
RUBEN PULGAR GARRIDO, D./Dña. ABEL ZULUETA WILSON, D./Dña. ENRIQUE
CASTILLO SANZ, D./Dña. JORGE JUAN GARCIA FERNANDEZ, D./Dña. ABELARDO BLANCO URETA, D./Dña. PEDRO VERBO GARCIA y D./Dña. JUAN RODRIGUEZ GOMEZ frente a SEGURSA 2000, S.A sobre Ejecución de títulos judiciales se ha
dictado Decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
BOCM-20220624-86
A los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de 284.006,37 euros de principal; 48.281,08 euros en concepto de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado SEGURSA 2000, S.A, sin perjuicio de que pudieran encontrársele
nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres dias desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SEGURSA 2000, S.A, en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a tres de junio de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.634/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 149
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
86
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELICADO LETRADO/A DE LA ADMÓN.
DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 1 de Móstoles.
HAGO SABER: Que en el procedimiento de ejecución 80/2022 de este juzgado de lo
Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIANO SACRISTAN VAQUERIZO, D./Dña.
RUBEN PULGAR GARRIDO, D./Dña. ABEL ZULUETA WILSON, D./Dña. ENRIQUE
CASTILLO SANZ, D./Dña. JORGE JUAN GARCIA FERNANDEZ, D./Dña. ABELARDO BLANCO URETA, D./Dña. PEDRO VERBO GARCIA y D./Dña. JUAN RODRIGUEZ GOMEZ frente a SEGURSA 2000, S.A sobre Ejecución de títulos judiciales se ha
dictado Decreto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
BOCM-20220624-86
A los efectos de las presentes actuaciones y para el pago de 284.006,37 euros de principal; 48.281,08 euros en concepto de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado SEGURSA 2000, S.A, sin perjuicio de que pudieran encontrársele
nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres dias desde su notificación.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SEGURSA 2000, S.A, en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a tres de junio de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/11.634/22)
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ISSN 1989-4791