C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220623-21)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 1643/2022, de 13 de junio, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el estudio de programas de segunda oportunidad correspondientes al curso 2022-2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 148

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE JUNIO DE 2022

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
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ORDEN 1643/2022, de 13 de junio, del Consejero de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba el Plan Estratégico de
Subvenciones para el estudio de programas de segunda oportunidad correspondientes al curso 2022-2023.

La Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía es el órgano de la
Administración de la Comunidad de Madrid competente a los efectos que previene el conjunto del ordenamiento jurídico vigente en materia educativa, siguiendo lo dispuesto en el
Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 2/2004, de 31
de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas, que modificó la Ley 2/1995, de 8 de marzo, recogen la necesidad de que los órganos competentes que propongan el establecimiento
de subvenciones, concreten con carácter previo en un plan estratégico de subvenciones los
objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al
cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
En mayo de 2018 la Comisión Europea adoptó la propuesta del próximo marco financiero plurianual para el periodo 2021-2027. La propuesta incluye el Fondo Social Europeo
Plus (FSE+) como principal instrumento de la Unión Europea para invertir en las personas
y aplicar el pilar europeo de derechos sociales. El FSE+ fusiona los siguientes fondos y programas:

El FSE+ apoyará las políticas y las prioridades orientadas a contribuir a alcanzar el pleno empleo, potenciar la calidad y la productividad en el trabajo, aumentar la movilidad geográfica y laboral de los trabajadores dentro de la Unión, mejorar los sistemas de educación
y de formación y promover la inclusión social.
Los destinos prioritarios del FSE incluyen medidas de ayuda para favorecer la empleabilidad de los jóvenes y el desarrollo de habilidades para mejorar el acceso a los servicios
sociales y de interés general. En relación con el empleo, el FSE+ apoyará las líneas de actuación dirigidas a incrementar la cooperación entre el sistema educativo y el mundo empresarial, y favorecer la transición entre distintos niveles educativos y entre la educación y
el empleo, especialmente en atención a los jóvenes que ni estudien, ni trabajen ni reciban
educación. También se ha de reforzar las medidas como la formación continua, las prácticas en las empresas, el aprendizaje permanente, los programas de segunda oportunidad y de
empleo, diseñados para promover el empleo indefinido.
Las becas para la realización de Programas de Segunda Oportunidad van a ser incluidas en el Programa Operativo Regional 2021-2027 de la Comunidad de Madrid que se tiene que elaborar para el nuevo marco financiero 2021-2027, puesto que encajan con el Objetivo Político 4 “Una Europa más social: aplicación del pilar europeo de derechos
sociales”, y se ajusta a los objetivos específicos siguientes que se recogen en el Reglamento del FSE+:
(4.2.1) Mejorar la calidad, la eficacia y la pertinencia de los sistemas de educación y
de formación para el mercado de trabajo, con vistas a apoyar la adquisición de competencias clave, incluidas las capacidades digitales; especialmente de los jóvenes que no estudian
ni trabajan.
(4.2.2) Promover el aprendizaje permanente, especialmente mediante oportunidades
de mejora y reciclaje flexibles de las capacidades para todos, una mejor previsión de los cam-

BOCM-20220623-21

— El Fondo Social Europeo (FSE) y la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ).
— El Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas.
— El Programa para el Empleo y la Innovación Social (EaSI).