C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20220623-23)
Encomienda de gestión –  Acuerdo de encomienda de gestión de 7 de junio de 2022, entre el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación de Investigación Biomédica del Hospital Clínico “San Carlos”, en materia de gestión de los fondos procedentes del Ministerio de Sanidad, destinados al desarrollo de un proyecto para la sintomatología cognitiva post COVID-19: detección precoz de enfermedades neurodegenerativas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 148

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE JUNIO DE 2022

Pág. 119

Cuarto
Presupuesto y pago
El presupuesto que actualmente se destina al objeto de la encomienda procede de los
fondos asignados a la Comunidad de Madrid por el Ministerio de Sanidad en el año 2021,
en relación con el proyecto de “Sintomatología cognitiva post COVID-19: Detección precoz de enfermedades neurodegenerativas” y que, para dicho ejercicio, asciende a la cantidad de 10.000 euros.
En todo caso, la aportación de los fondos a la entidad encomendada estará sujeta a la
disposición efectiva de los mismos por parte del Servicio Madrileño de Salud.
Quinto
Seguimiento y evaluación
El Servicio Madrileño de Salud se encargará de realizar periódicamente el seguimiento y la evaluación del grado de consecución de los objetivos marcados por el Ministerio de
Sanidad.
Sexto
Competencia
La presente encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. Los actos y resoluciones que den soporte o en los que se integren las actividades materiales o técnicas objeto de esta encomienda se
adoptarán por el Servicio Madrileño de Salud en su calidad de entidad encomendante.
Séptimo
Regularización
Las partes reconocen expresamente la imposibilidad de predeterminar desde el inicio
el número total, así como el detalle, de las actuaciones, recursos materiales y humanos que
deberán aplicarse para lograr el objeto de la encomienda, por lo que, a la finalización del
programa nacional, se regularizarán todas las actividades realizadas, incluidas las que, inicialmente no previstas, resulten imprescindibles de ejecutar para cumplir con el objeto encomendado, para actuaciones a realizar durante los ejercicios contables en los que este plan
nacional será financiado, de conformidad con lo indicado en los fondos que se asignen por
el Ministerio de Sanidad, para el desarrollo total del proyecto.
Octavo
Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitadles, así como el Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
Los datos personales que se recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación
de la encomienda, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto y las limitaciones,
en su caso, marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la que
se tenga acceso en la realización de actividades objeto de esta encomienda, salvo aquella
información que deba ser pública, según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos queda sometido a la mencionada normativa, así como a la
vigente en cada momento, de conformidad con los Anexos I y II de la misma.

BOCM-20220623-23

Protección de datos, confidencialidad y transparencia