Madrid (BOCM-20220622-84)
Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Valdeavero
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 147

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE JUNIO DE 2022

Pág. 269

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
84

MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
CERTIFICADO DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO

Don Sebastián Lastra Liendo, Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, con sede en Madrid.

BOCM-20220622-84

Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
en sesión celebrada el 23 de mayo de 2022, ha adoptado el siguiente acuerdo:
3. Quinto. Valdeavero.—Nombramiento de juez de paz titular.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Valdealvero, realizada
en comunicación del resultado del pleno de 29 de marzo de 2022, en la que se propone como
candidato para el cargo de Juez de Paz titular de Valdeavero a doña María del Carmen
Grande Gómez.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La Sala de Gobierno por unanimidad acuerda: Asumir la propuesta, realizada en
comunicación del resultado del pleno 29 de marzo de 2022 del Ayuntamiento de Valdealvero y nombrar Juez de Paz titular a doña María del Carmen Grande Gómez.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Alcalá de Henares, Partido Judicial
al que pertenece, al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Valdealvero, al Juzgado de Paz
de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su
publicación.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente.
En Madrid, a 9 de junio del 2022.—El Secretario de Gobierno, Sebastián Lastra Liendo.
(03/12.168/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791