Madrid (BOCM-20220622-50)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Organización y competencias Área Portavoz, Seguridad y Emergencias
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BOCM
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 147
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Acuerdo de 9 de junio de 2022, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por
el que se modifica el Acuerdo de 27 de junio de 2019, de organización y competencias del
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.
El artículo 17.1.h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen
Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia
general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Mediante Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno, se estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias,
en virtud del cual la Subdirección General de Relaciones con el Pleno se adscribe a la secretaría general técnica de la citada área de gobierno.
El presente acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, en el sentido, por
una parte, de explicitar que la Subdirección General de Relaciones con el Pleno depende funcionalmente de la titular del Área de Gobierno, conforme a las funciones que desempeña.
Por otra parte, las competencias específicas en materia de relaciones con el Pleno pasan
a corresponder al titular del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1.h) y 17.2 de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de
Madrid, de 31 de mayo de 2004, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de
Madrid en reunión de 9 de junio de 2022, acuerda:
Primero.—Modificar el Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de
la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz,
Seguridad y Emergencias, en los términos que se indican a continuación.
Uno. En el apartado 1.o, se modifica el punto 2.4, que queda redactado en los siguientes términos:
“2.4. Subdirección General de Relaciones con el Pleno, con dependencia funcional
del titular del Área de Gobierno”.
Dos. En el apartado 3.o, se añade un nuevo punto 2.12, que queda redactado en los
siguientes términos:
“2.12. En materia de relaciones con el Pleno:
a) Realizar la interlocución con los centros directivos u órganos dependientes del
Pleno de cuantos asuntos afecten al funcionamiento del mismo.
b) Gestionar la tramitación de las iniciativas de control del Pleno sobre los órganos
de gobierno.
c) Gestionar la tramitación de las solicitudes formuladas por los concejales en ejercicio del derecho a la información administrativa”.
Tres. En el apartado 5.o, se suprime el punto 12, que queda sin contenido.
Segundo.—El titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal adoptará las modificaciones de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente acuerdo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1.g) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, por el titular del Área de Gobierno
de Hacienda y Personal se procederá, en su caso, a la aprobación de las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias como consecuencia de la estructura orgánica establecida en el presente acuerdo.
BOCM-20220622-50
Área de Gobierno de Vicealcaldía
Pág. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE JUNIO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 147
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
50
MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Acuerdo de 9 de junio de 2022, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por
el que se modifica el Acuerdo de 27 de junio de 2019, de organización y competencias del
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.
El artículo 17.1.h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen
Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia
general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Mediante Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno, se estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias,
en virtud del cual la Subdirección General de Relaciones con el Pleno se adscribe a la secretaría general técnica de la citada área de gobierno.
El presente acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, en el sentido, por
una parte, de explicitar que la Subdirección General de Relaciones con el Pleno depende funcionalmente de la titular del Área de Gobierno, conforme a las funciones que desempeña.
Por otra parte, las competencias específicas en materia de relaciones con el Pleno pasan
a corresponder al titular del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1.h) y 17.2 de la
Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de
Madrid, de 31 de mayo de 2004, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de
Madrid en reunión de 9 de junio de 2022, acuerda:
Primero.—Modificar el Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de
la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz,
Seguridad y Emergencias, en los términos que se indican a continuación.
Uno. En el apartado 1.o, se modifica el punto 2.4, que queda redactado en los siguientes términos:
“2.4. Subdirección General de Relaciones con el Pleno, con dependencia funcional
del titular del Área de Gobierno”.
Dos. En el apartado 3.o, se añade un nuevo punto 2.12, que queda redactado en los
siguientes términos:
“2.12. En materia de relaciones con el Pleno:
a) Realizar la interlocución con los centros directivos u órganos dependientes del
Pleno de cuantos asuntos afecten al funcionamiento del mismo.
b) Gestionar la tramitación de las iniciativas de control del Pleno sobre los órganos
de gobierno.
c) Gestionar la tramitación de las solicitudes formuladas por los concejales en ejercicio del derecho a la información administrativa”.
Tres. En el apartado 5.o, se suprime el punto 12, que queda sin contenido.
Segundo.—El titular del Área de Gobierno de Hacienda y Personal adoptará las modificaciones de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente acuerdo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1.g) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, por el titular del Área de Gobierno
de Hacienda y Personal se procederá, en su caso, a la aprobación de las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias como consecuencia de la estructura orgánica establecida en el presente acuerdo.
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