C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220622-19)
Instrucciones gestión nóminas –  Orden de 10 de junio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 21 de enero de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2022
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 147

MIÉRCOLES 22 DE JUNIO DE 2022

Pág. 95

Valor de la T.S.I. (euros/mes) según tramos etarios
Menos de 7 años

De 7 a 49 años

Desde 50 años

0,001877

0,007506

0,003754

De 14 a 49 años

De 50 a 64 años

De 65 a 79 años

0,028046

0,021034

0,014023

Menos de 14 años

De 14 a 64 años

Desde 65 años

0,003677

0,008824

0,011030

Menos de 50 años

Desde 50 años

0,002770

0,005541

ODONTÓLOGO/A

MATRONA

FISIOTERAPEUTA

TRABAJADOR/A
SOCIAL

4.2.- POR EL NÚMERO DE TARJETAS SANITARIAS ATENDIDAS (TAS) (*)
Se aplica en Centros de Salud en que la población atendida supere el 85% de la población asignada.
MEDICO DE
Menos de 2
FAMILIA DE A.P.,
años
PEDIATRA DE A.P.
Y MÉDICO DE
1,034276
S.A.R.

De 2 y 3
años

De 4 a 6
años

De 7 a 13
años

0,775707

0,646423

0,387854

ENFERMERO/A
A.P. Y
ENFERMERO/A
S.A.R.

Menos de 2
años

De 2 y 3
años

De 4 a 6
años

De 7 a 13
años

0,392627

0,294470

0,245392

0,147235

T.C.A.E., GRUPO
AUXILIAR
ADMINISTRATIVO
Y CELADOR/A (1)

Menos de 2
años

De 2 y 3
años

De 4 a 6
años

De 7 a 13
años

0,372339

0,279255

0,232712

0,139627

De 14 a 49 De 50 a 64
años
años
0,258569

0,387854

De 14 a 49 De 50 a 64
años
años
0,098157

0,147235

De 14 a 49 De 50 a 64
años
años
0,093085

0,139627

De 65 a 79
años

De 80 años
en adelante

0,775707

1,034276

De 65 a 79
años

De 80 años
en adelante

0,294470

0,392627

De 65 a 79
años

De 80 años
en adelante

0,279255

0,372339

(1)

Las categorías técnico medio sanitario en cuidados auxiliares de enfermería (T.C.A.E.), grupo auxiliar administrativo de la función administrativa
y celador/a al no contar con población asignada, se les asignará la población de los médicos de familia del Centro de Salud.

(*)

El pago tendrá carácter trimestral, por trimestres vencidos.

4.3.- POR ATENCIÓN DOMICILIARIA DE ENFERMERÍA(*)
Se aplica en Centros de Salud que superen el 85% de población atendida y realicen atención en domicilio.
Población atendida en domicilio por cada Centro de Salud
dentro del año
(*)

Coeficiente

3,9199

El pago tendrá carácter anual y por una sola vez.

4.4.- POR RURALIDAD(*)
Se aplica en Centros de Salud que reúnan los criterios de ruralidad conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno de
fecha 2 de febrero de 2022.
GRUPO/
SUBGRUPO

CATEGORÍA/PUESTO TRABAJO

EUROS/
MES

EUROS/
AÑO
(12 meses)

300 €

3.600 €

192 €

2.304 €

114 €

1.368 €

Médico de Familia de A.P.
A1

Pediatra de A.P.

A2

Enfermero/a A.P.
Enfermero/a S.A.R.
Grupo Auxiliar Administrativo en Centro de Salud

RESTO
GRUPOS

T.C.A.E. en Centro de Salud
Celador/a en Centro de Salud
Celador/a en S.A.R.

(*)

La percepción de este complemento tendrá carácter mensual.

BOCM-20220622-19

Médico de S.A.R.