Boadilla del Monte (BOCM-20220620-56)
Personal. Nombramiento
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 20 DE JUNIO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 145

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56

BOADILLA DEL MONTE
PERSONAL

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, decreto del segundo teniente de alcalde-delegado de Presidencia, Relaciones Institucionales, Coordinación, Comunicación, Personal, Régimen Interior, Patrimonio y Compras, número 2839/2021, de 3 de junio, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:
“1.o Nombrar funcionaria de carrera en la categoría de arquitecto técnico, de la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase media, grupo A, subgrupo A2, del
Ayuntamiento de Boadilla del Monte, a la persona que a continuación se relaciona, quedando adscrita al puesto que se indica:
APELLIDOS Y NOMBRE

DNI

PUESTO
ADJUDICADO

1

MARÍIN CRESPO, Mª JESÚS

***8335**

Arquitecto Técnico

SERVICIO
Coordinación de Arquitectura
y Urbanismo

2.o La aspirante deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente al de la publicación del nombramiento en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Transcurrido el plazo señalado sin que haya tomado posesión sin causa
justificada y salvo casos de fuerza mayor, se le tendrá por desistida en su derecho al nombramiento.
3.o Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital, y en su página web municipal: http://www.ayuntamientoboadilladelmonte.org
4.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía
administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
puede ser recurrido potestativamente en reposición o, directamente, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado
si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la
resolución del mismo.
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo
contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de
Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.
No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su
interposición).
En el caso de desestimación presunta del recurso de reposición, la interposición del recurso contencioso-administrativo no está sujeta al plazo de caducidad previsto en el artículo 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
de acuerdo con la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 52/2014, de 10 de abril.

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