D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220620-26)
Convenio – Convenio de colaboración de 26 de mayo de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y la Mancomunidad de Servicios Sociales del Este de Madrid (Missem), para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales, para el año 2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 145
LUNES 20 DE JUNIO DE 2022
Pág. 119
Trabajo Social, debiendo contar en cualquier caso con experiencia acreditada en el área de servicios
sociales.
Además, y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid,
al acceder al Sistema Público de Servicios Sociales a cada persona se le asignará un profesional de
referencia, que será un trabajador social en el nivel de Atención Social Primaria.
La Entidad Local designará un profesional encargado de la interlocución con la Consejería
competente en materia de Servicios Sociales.
Además, facilitará la designación de personal que gestione la información sobre la ejecución y
seguimiento de las actuaciones desarrolladas por los Servicios Sociales en el marco de los
convenios entre las administraciones competentes en materia de servicios Sociales.
Los gastos de personal que serán financiados con cargo a este Convenio durante el año 2022, serán
como máximo los señalados en el presente Anexo, y la financiación quedará sujeta a la ocupación
efectiva del puesto de trabajo. No serán objeto de financiación con cargo a este Convenio las
vacantes temporales o definitivas que se produzcan.
El personal deberá estar incluido en la Ficha Básica del Centro, ya sea en la presentada inicialmente
o en cualquiera de sus actualizaciones.
Gastos de mantenimiento
Con cargo a este concepto se financiarán también los gastos generales de mantenimiento de cada
centro municipal de Atención Social Primaria necesarios para su funcionamiento, en la cuantía
establecida en este Anexo. Pueden incluirse dentro de este apartado los siguientes tipos de gastos:
1.
Gastos generales:
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
2.
Alquiler
Luz
Agua
Teléfono
Combustible
Reparaciones
Limpieza
Gastos Gestión Administrativa. Laboral/Bancarios
Gastos correo-mensajería
Suscripción Publicaciones
Seguros Responsabilidad Civil
Otros
Dietas y transporte del personal:
x Dietas
x Transportes
x Otros
3.
Formación del personal:
x Cursos, Jornadas, etc.
x Gastos de actividades de formación
x Otros
4.
Mantenimiento de aplicaciones informáticas:
Indicadores relacionados con la ejecución de este anexo
Se consideran indicadores a efectos de este Anexo, el número de personas incluidas en la plantilla
establecida en el mismo.
BOCM-20220620-26
x Mantenimiento
x Material no inventariable
x Otros
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 145
LUNES 20 DE JUNIO DE 2022
Pág. 119
Trabajo Social, debiendo contar en cualquier caso con experiencia acreditada en el área de servicios
sociales.
Además, y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid,
al acceder al Sistema Público de Servicios Sociales a cada persona se le asignará un profesional de
referencia, que será un trabajador social en el nivel de Atención Social Primaria.
La Entidad Local designará un profesional encargado de la interlocución con la Consejería
competente en materia de Servicios Sociales.
Además, facilitará la designación de personal que gestione la información sobre la ejecución y
seguimiento de las actuaciones desarrolladas por los Servicios Sociales en el marco de los
convenios entre las administraciones competentes en materia de servicios Sociales.
Los gastos de personal que serán financiados con cargo a este Convenio durante el año 2022, serán
como máximo los señalados en el presente Anexo, y la financiación quedará sujeta a la ocupación
efectiva del puesto de trabajo. No serán objeto de financiación con cargo a este Convenio las
vacantes temporales o definitivas que se produzcan.
El personal deberá estar incluido en la Ficha Básica del Centro, ya sea en la presentada inicialmente
o en cualquiera de sus actualizaciones.
Gastos de mantenimiento
Con cargo a este concepto se financiarán también los gastos generales de mantenimiento de cada
centro municipal de Atención Social Primaria necesarios para su funcionamiento, en la cuantía
establecida en este Anexo. Pueden incluirse dentro de este apartado los siguientes tipos de gastos:
1.
Gastos generales:
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
2.
Alquiler
Luz
Agua
Teléfono
Combustible
Reparaciones
Limpieza
Gastos Gestión Administrativa. Laboral/Bancarios
Gastos correo-mensajería
Suscripción Publicaciones
Seguros Responsabilidad Civil
Otros
Dietas y transporte del personal:
x Dietas
x Transportes
x Otros
3.
Formación del personal:
x Cursos, Jornadas, etc.
x Gastos de actividades de formación
x Otros
4.
Mantenimiento de aplicaciones informáticas:
Indicadores relacionados con la ejecución de este anexo
Se consideran indicadores a efectos de este Anexo, el número de personas incluidas en la plantilla
establecida en el mismo.
BOCM-20220620-26
x Mantenimiento
x Material no inventariable
x Otros