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Convenio –  Convenio de colaboración de 11 de mayo de 2022, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Navalcarnero para su incorporación a la Red de Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 145

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE JUNIO DE 2022

Pág. 187

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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CONVENIO de colaboración de 11 de mayo de 2022, entre la Comunidad de
Madrid y el Ayuntamiento de Navalcarnero para su incorporación a la Red
de Oficinas de Información Turística de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a 11 de mayo de 2022.
REUNIDOS

De una parte, el Director General de Turismo de la Comunidad de Madrid, D. Luis Fernando Martín Izquierdo, nombrado por Decreto 186/2021, de 14 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de julio de 2021), del Consejo de Gobierno,
de acuerdo con la delegación prevista en la Orden 1389/2021, de 16 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre de 2021), de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se delega el ejercicio de determinadas
competencias, entre otras, en materia de firma de Convenios y de conformidad con el
Decreto 229/2021, de 13 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
de 15 de octubre de 2021), del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
De otra parte, el Ilmo. Sr. D. José Luis Adell Fernández, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Navalcarnero, actuando en cumplimiento de las facultades que le otorga el artículo 21.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las
cuales le han sido encomendadas a tenor de su elección en sesión constitutiva celebrada por
el Pleno del Ayuntamiento el día 15 de junio de 2019.
Actuando ambas partes en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen mutua
capacidad para la suscripción del presente Convenio de colaboración y

I. El artículo 26.1.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado mediante Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, atribuye a la Comunidad de Madrid,
la competencia exclusiva en materia de Promoción y Ordenación del Turismo.
De conformidad con el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 9 del Decreto 88/2021, de 30 de junio, del
Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, corresponde a la Dirección General de Turismo la información sobre la oferta turística de
la Comunidad de Madrid y su coordinación con otras administraciones e instituciones.
El artículo 20.2 de la Ley 1/1999 de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid establece que: “Con el fin de lograr una mayor eficacia y calidad en la
gestión de la información turística la Consejería competente en materia de turismo impulsará la coordinación de las oficinas dependientes de la Comunidad de Madrid con las gestionadas por otras entidades públicas o privadas”.
Por su parte, el artículo 25.2 m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local establece las competencias que sobre el turismo disponen los
Ayuntamientos. Por tanto, ambas administraciones tienen las competencias suficientes
para la celebración de este Convenio.
II. Que constituye una finalidad de la Comunidad de Madrid la ejecución, coordinación e impulso de acciones de promoción y desarrollo del sector turístico, mediante la información y difusión de los productos turísticos de la Comunidad de Madrid y en general
la realización de las actividades necesarias para una mejor promoción de la oferta turística
de la Comunidad a través de herramientas digitales.

BOCM-20220620-44

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