Madrid (BOCM-20220509-100)
Secretaria de Gobierno. Nombramiento juez de paz de San Sebastián de los Reyes
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE MAYO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 109

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
100

MADRID
SECRETARÍA DE GOBIERNO
CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO

DON SEBASTIAN LASTRA LIENDO, Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, con sede en Madrid.
Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid en
sesión celebrada el 21 de marzo de 2022 ha adoptado el siguiente acuerdo:
3. Trece. SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES.—Nombramiento de juez de paz
sustituto.
Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de San Sebastián de los
Reyes, realizada en comunicación del resultado del pleno de 17 de febrero del 2022 con entrada en este Tribunal el 21 de febrero de este año, en la que se propone como candidato
para el cargo de Juez de Paz sustituto a D. Arturo Rubio Pérez.
Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el
Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.
La Sala de Gobierno por unanimidad acuerda: Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del pleno de 17 de febrero del 2022 con entrada en este Tribunal
el 21 de febrero de este año, del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes y nombrar
juez de paz sustituto del Juzgado de Paz de la localidad a D. Arturo Rubio Pérez.
Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al
Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Alcobendas, Partido Judicial al que
pertenece, al Alcalde Presidente del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, al Juzgado de Paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
para su publicación.
Contra el presente acuerdo puede interponerse recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial en los plazos, formas y por los motivos que establece la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Conforme a lo que establece el artículo 14.1 del Reglamento 1/2000, de 26 de julio, de
los Órganos de Gobierno de Tribunales, contra los actos de las Salas de Gobierno, constituidas en pleno o en comisión, podrá interponerse recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial y, en su caso, recurso de revisión, en los plazos, formas y
por los motivos que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, disponiendo el artículo 122.1 de la citada
Ley 39/2015, que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el
acto fuera expreso.
Y para que conste extiendo la presente en Madrid a día 30 de marzo de 2022.
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
Fdo.: Sebastián Lastra Liendo

BOCM-20220509-100

(03/7.721/22)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791