Fuenlabrada (BOCM-20220509-76)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE MAYO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 109

Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, las personas aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos específicos:
a) Estar en posesión del título de titulación universitaria de grado o licenciatura o superior. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
b) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente
las correspondientes funciones.
c) No haber sido separado del servicio, en virtud de expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de la función pública.
d) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
e) Poseer la capacidad funcional, así como las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo, Escala y
Categoría a la que se pretende acceder conforme a las previsiones de estas bases.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase C.
g) Ser funcionario de carrera del Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y
Salvamentos (SEIS) del Ayuntamiento de Fuenlabrada.
h) Haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años como funcionario de
carrera en la categoría de suboficial del Servicio de Extinción de Incendios, sin encontrarse en situación de segunda actividad.
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán ser reunidos por el aspirante
el día que finalice el plazo de presentación de instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de esta Corporación, y se presentarán de forma electrónica en la sede municipal www.ayto-fuenlabrada.es en la forma y plazos establecida en la base 3.a de las Bases Generales para los Procesos Selectivos de Funcionarios de Carrera del Ayuntamiento
de Fuenlabrada, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de fecha 25 de febrero de 2014.
Para ser admitido/a y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las personas aspirantes deberán manifestar mediante declaración responsable en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo:
a) Que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas tal y como se establece
en la base anterior.
b) Su aceptación expresa para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias
para acreditar la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones
del puesto.
c) Su compromiso de aportar la documentación acreditativa de cualquiera de los requisitos o méritos alegados cuando le sean requeridos por la administración en el
plazo máximo de diez días desde el requerimiento.
De acuerdo con la base 14 de las Bases para los Procesos Selectivos de Funcionarios
de Carrera del Ayuntamiento de Fuenlabrada, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 47, de fecha 25 de febrero de 2014, la administración podrá requerir en cualquier momento del procedimiento a cualquiera de las personas aspirantes la documentación acreditativa de los requisitos para su participación en el proceso selectivo, o de los méritos alegados. La persona aspirante deberá aportar dicha documentación en
el plazo máximo de diez días desde la notificación del requerimiento.
La falta de presentación de la documentación en el plazo señalado, o la imposibilidad
de acreditar los requisitos o méritos alegados determinará, según el caso, la exclusión del
procedimiento selectivo o la subsanación de errores en la valoración de los méritos para
adecuarla a los méritos finalmente acreditados.
5. Órgano de selección
5.1. Composición: El Tribunal del proceso selectivo estará formado por un/a Presidente, un/a Secretario/a y tres vocales. Todas las personas miembros del Tribunal actuarán
con voz y voto. La designación de las personas miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes. La designación de sus miembros será predominantemente técnica y

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4. Solicitudes