Villa del Prado (BOCM-20220405-80)
Régimen económico. Ordenanza fiscal incremento valor terrenos
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BOCM
Pág. 344
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 81
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
80
VILLA DEL PRADO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20220405-80
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de modificación de la de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana que se detalla a continuación, el Pleno de esta Entidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 18 de marzo de 2022, acordó la aprobación
provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se convoca, por plazo de
treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que
se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección https://sede.villadelprado.es).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Villa del Prado, a 18 de marzo de 2022.—El alcalde, Héctor Ortega Otero.
(03/6.070/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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RÉGIMEN ECONÓMICO
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Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de modificación de la de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana que se detalla a continuación, el Pleno de esta Entidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 18 de marzo de 2022, acordó la aprobación
provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se convoca, por plazo de
treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que
se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección https://sede.villadelprado.es).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Villa del Prado, a 18 de marzo de 2022.—El alcalde, Héctor Ortega Otero.
(03/6.070/22)
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