Madrid número 34 (BOCM-20220405-101)
Procedimiento 1098/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 81
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE ABRIL DE 2022
Pág. 373
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
101
MADRID NÚMERO 34
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1098/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D JAVIER VILLACAÑAS HERNANDEZ frente a AUTOMOVILES LOS
YEBENES SL y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente
resolución: auto.
PARTE DISPOSITIVA
BOCM-20220405-101
1. Acuerdo: Subsanar/rectificar, la Sentencia 10/2022, quedando el fallo redactado
como sigue:
Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D. JAVIER VILLACAÑAS HERNÁNDEZ, frente a AUTOMÓVILES LOS YÉBENES S.L,
que no comparece y el FOGASA, que no comparece, sobre Despido:
- Declaro la improcedencia del despido de D. JAVIER VILLACAÑAS HERNÁNDEZ y declaro extinguida la relación laboral entre las partes con fecha 17 de enero de 2022,
y en consecuencia debo condenar y condeno a AUTOMÓVILES LOS YÉBENES S.L a que
abone al actor la suma de 54.605,96 euros en concepto de indemnización y 6.248 euros brutos en concepto de salarios de tramitación, sin perjuicio de las deducciones que puedan corresponder respecto de éstos últimos.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno en virtud del artículo 214. 4 y
215. 4 de la L.E.C, sin perjuicio del recurso que quepa contra la resolución que se rectifica
o complementa.
Así, lo acuerda, manda y firma Dª María Aránzazu Espejo-Saavedra López, Magistrada-Juez de refuerzo de los Juzgados de lo Social de Madrid.
Y para que sirva de notificación en legal forma a AUTOMOVILES LOS YEBENES
SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a quince de marzo de dos mil veintidós.
EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.091/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 81
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE ABRIL DE 2022
Pág. 373
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
101
MADRID NÚMERO 34
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL
Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 1098/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D JAVIER VILLACAÑAS HERNANDEZ frente a AUTOMOVILES LOS
YEBENES SL y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente
resolución: auto.
PARTE DISPOSITIVA
BOCM-20220405-101
1. Acuerdo: Subsanar/rectificar, la Sentencia 10/2022, quedando el fallo redactado
como sigue:
Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D. JAVIER VILLACAÑAS HERNÁNDEZ, frente a AUTOMÓVILES LOS YÉBENES S.L,
que no comparece y el FOGASA, que no comparece, sobre Despido:
- Declaro la improcedencia del despido de D. JAVIER VILLACAÑAS HERNÁNDEZ y declaro extinguida la relación laboral entre las partes con fecha 17 de enero de 2022,
y en consecuencia debo condenar y condeno a AUTOMÓVILES LOS YÉBENES S.L a que
abone al actor la suma de 54.605,96 euros en concepto de indemnización y 6.248 euros brutos en concepto de salarios de tramitación, sin perjuicio de las deducciones que puedan corresponder respecto de éstos últimos.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno en virtud del artículo 214. 4 y
215. 4 de la L.E.C, sin perjuicio del recurso que quepa contra la resolución que se rectifica
o complementa.
Así, lo acuerda, manda y firma Dª María Aránzazu Espejo-Saavedra López, Magistrada-Juez de refuerzo de los Juzgados de lo Social de Madrid.
Y para que sirva de notificación en legal forma a AUTOMOVILES LOS YEBENES
SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a quince de marzo de dos mil veintidós.
EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/6.091/22)
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ISSN 1989-4791