Madrid número 29 (BOCM-20220405-97)
Ejecución 276/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 368
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 81
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
97
MADRID NÚMERO 29
EDICT
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 276/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. CAROLINA BENAVENT DELGADO frente a PRACON CENTRO DE EMPLEO DE MADRID SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la
siguiente resolución:
AUTO nº 53/2022
En Madrid, a 11 de marzo de 2022.
Vistos por Dª María Aránzazu Espejo-Saavedra López, magistrada de refuerzo de los
Juzgados de lo Social de Madrid, los presentes autos, se dicta la presente de acuerdo con
los siguientes;
PARTE DISPOSITIVA
BOCM-20220405-97
-Se declara extinguida la relación laboral entre Dª CAROLINA BENAVENT DELGADO y PRACON CENTRO DE EMPLEO DE MADRID S.L con efectos de esta resolución, 11 de marzo de 2021.
-Se condena a PRACON CENTRO DE EMPLEO DE MADRID S.L a satisfacer a la
ejecutante, una indemnización de 2.069,73 euros, computándose como tiempo de servicio el
transcurrido desde el inicio de la relación laboral hasta la fecha de esta resolución, es decir,
que dicha indemnización incluye la ya reconocida en sentencia hasta la fecha del despido.
-Se condena a la empresa a abonar al demandante en concepto de salarios de tramitación el importe de 5.656,88 euros brutos.
Modo impugnación.-Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá
la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del art 184.1 de la L.E.C.
Así, lo acuerda, manda y firma Dª María Aránzazu Espejo-Saavedra López, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 29, 34, 38 de refuerzo, de Madrid.
Y para que sirva de notificación en legal forma a PRACON CENTRO DE EMPLEO
DE MADRID SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a once de marzo de dos mil veintidós.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/5.360/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 368
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 81
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
97
MADRID NÚMERO 29
EDICT
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social nº 29 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 276/2021 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. CAROLINA BENAVENT DELGADO frente a PRACON CENTRO DE EMPLEO DE MADRID SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la
siguiente resolución:
AUTO nº 53/2022
En Madrid, a 11 de marzo de 2022.
Vistos por Dª María Aránzazu Espejo-Saavedra López, magistrada de refuerzo de los
Juzgados de lo Social de Madrid, los presentes autos, se dicta la presente de acuerdo con
los siguientes;
PARTE DISPOSITIVA
BOCM-20220405-97
-Se declara extinguida la relación laboral entre Dª CAROLINA BENAVENT DELGADO y PRACON CENTRO DE EMPLEO DE MADRID S.L con efectos de esta resolución, 11 de marzo de 2021.
-Se condena a PRACON CENTRO DE EMPLEO DE MADRID S.L a satisfacer a la
ejecutante, una indemnización de 2.069,73 euros, computándose como tiempo de servicio el
transcurrido desde el inicio de la relación laboral hasta la fecha de esta resolución, es decir,
que dicha indemnización incluye la ya reconocida en sentencia hasta la fecha del despido.
-Se condena a la empresa a abonar al demandante en concepto de salarios de tramitación el importe de 5.656,88 euros brutos.
Modo impugnación.-Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá
la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del art 184.1 de la L.E.C.
Así, lo acuerda, manda y firma Dª María Aránzazu Espejo-Saavedra López, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 29, 34, 38 de refuerzo, de Madrid.
Y para que sirva de notificación en legal forma a PRACON CENTRO DE EMPLEO
DE MADRID SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a once de marzo de dos mil veintidós.
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(03/5.360/22)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791