Leganés (BOCM-20220323-66)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 70

BASES ESPECÍFICAS OBJETO DE SUBVENCIÓN DENTRO
DEL ÁREA DE COOPERACIÓN PARA EL AÑO 2022
1.

OBJETO

Las subvenciones reguladas en las presentes Bases tienen por objeto la financiación de proyectos
de Sensibilización y Educación para la ciudadanía, cuya ejecución se realice durante el
ejercicio 2022.
Se entiende proyectos de Sensibilización y Educación para la ciudadanía el conjunto de
acciones diseñadas y coordinadas entre sí, orientadas a lograr unos objetivos, recogidos en el
PMCD, vinculados con un mayor conocimiento de los ciudadanos y ciudadanas del municipio,
acerca de la situación y causas de la pobreza y exclusión que afectan a los países en desarrollo y
dirigidos a promover la solidaridad y cooperación con los mismos, así como la promoción y difusión
de los Objetivos de desarrollo sostenible.

2.

ACTIVIDADES OBJETO DE SUBVENCIÓN



Campañas públicas de concienciación, movilización, seminarios, jornadas de reflexión sobre
las problemáticas que afectan a los países en desarrollo, en especial a los territorios
hermanados y a las poblaciones que mayor exclusión y pobreza padecen.
Comunicación y difusión a la sociedad de Leganés de la planificación, gestión, ejecución y
resultados de las acciones de cooperación al desarrollo que realizan las entidades.
Elaboración y distribución de materiales que difundan los contenidos de las campañas.
Organización de actividades formativas e informativas como publicaciones, exposiciones o
puntos de información ciudadana.
Formación de voluntarios/as para su participación como agentes de educación para el
desarrollo o cooperantes en terreno.






Las solicitudes presentadas serán valoradas e informadas por los servicios técnicos municipales
del área de cooperación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las
propuestas presentadas se valorarán y seleccionarán teniendo en cuenta los siguientes criterios
objetivos.

3.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

El número de puntos totales será de 50, repartidos de la siguiente manera:
a) En relación con las entidades concurrentes:
La experiencia y la capacidad operativa de las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro
participantes, que resulten necesarias para el desarrollo de las actividades propuestas en el
proyecto. 5 Puntos
— La presencia social activa de la asociación y entidad sin ánimo de lucro en Leganés, en
materia de cooperación al desarrollo, acreditada mediante memoria de actividades. 5 Puntos
— La trayectoria de la asociación y entidad sin ánimo de lucro solicitante, en relación con las
convocatorias de subvenciones en materia de cooperación al desarrollo del Ayuntamiento de
Leganés en lo relativo a cumplimiento de plazos, correcta justificación y diligencia
administrativa. 5 Puntos

BOCM-20220323-66