Madrid (BOCM-20220323-45)
Régimen económico. Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deportes. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022
Pág. 209
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del Decreto de 14 de marzo de 2022, de la delegada del Área de Gobierno de
Cultura, Turismo y Deporte, por el que se aprueba la convocatoria de la XIV edición del
Premio de Microrrelatos de la Red de Bibliotecas Públicas Municipales del Ayuntamiento
de Madrid.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): 615340.
Primero. Objeto.—Es objeto de la presente convocatoria impulsar la creatividad dentro del género literario de los microrrelatos.
Con motivo de la asunción por parte del Ayuntamiento de la presidencia rotatoria de
la Red de Ciudades Machadianas en mayo de 2020, todos los microrrelatos deberán comenzar con la siguiente frase, extraída de la obra “Campos de Castilla” de Antonio Machado:
“No extrañéis, dulces amigos, que mi frente esté arrugada”. Quedarán automáticamente excluidos todos los microrrelatos que no comiencen por esta frase.
Segundo. Beneficiarios.—Podrá participar cualquier persona mayor de 15 años, con
independencia de su nacionalidad y lugar de residencia, siempre que sea la autora del texto presentado. Las obras deberán estar escritas en lengua castellana, contar con un máximo
de 100 palabras (incluyendo la frase de Machado) más un título que no exceda de las 10 y
un pseudónimo.
Tercero. Norma reguladora.—La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en: la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley;
la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada el 30 de octubre 2013; y, finalmente, en todos aquellos extremos no previstos en la legislación antes citada, regirá, con
carácter supletorio, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, o cualquier otra disposición normativa que, por su naturaleza, pudiera resultar de aplicación.
Cuarto. Cuantía.—La dotación económica del Premio es de 2.000,00 euros.
Se establecen los siguientes premios:
— Primer premio: diploma acreditativo y 1.000 euros.
— Segundo premio: diploma acreditativo y 600 euros.
— Tercer premio: diploma acreditativo y 400 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes estará abierto durante un mes natural, a contar desde el día siguiente a la publicación
del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Solicitud.—La solicitud constará de los datos personales identificativos del
autor/a y el propio texto a presentar.
A fin de garantizar el anonimato de los participantes ante el jurado, el documento con
el texto del microrrelato que ha de adjuntarse a la solicitud vendrá firmado con pseudónimo.
Séptimo. Otros datos.—Las obras serán originales e inéditas, y deberán estar concluidas a la fecha de publicación de esta convocatoria. No se podrán presentar microrrelatos que hayan sido presentados a ediciones anteriores o que hayan recibido algún premio,
ni tampoco que hayan sido publicados.
Tampoco podrán presentarse obras que están pendientes de fallo en cualquier otro concurso en el momento de presentar la solicitud. Además, con la presentación, el solicitante
adquiere el compromiso de no presentar el mismo texto a otros concursos hasta que este
premio haya sido fallado. Los premios del concurso podrán quedar desiertos si el jurado estima que ninguna obra se ajusta a las exigencias del certamen.
BOCM-20220323-45
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
B.O.C.M. Núm. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 23 DE MARZO DE 2022
Pág. 209
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
45
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del Decreto de 14 de marzo de 2022, de la delegada del Área de Gobierno de
Cultura, Turismo y Deporte, por el que se aprueba la convocatoria de la XIV edición del
Premio de Microrrelatos de la Red de Bibliotecas Públicas Municipales del Ayuntamiento
de Madrid.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index): 615340.
Primero. Objeto.—Es objeto de la presente convocatoria impulsar la creatividad dentro del género literario de los microrrelatos.
Con motivo de la asunción por parte del Ayuntamiento de la presidencia rotatoria de
la Red de Ciudades Machadianas en mayo de 2020, todos los microrrelatos deberán comenzar con la siguiente frase, extraída de la obra “Campos de Castilla” de Antonio Machado:
“No extrañéis, dulces amigos, que mi frente esté arrugada”. Quedarán automáticamente excluidos todos los microrrelatos que no comiencen por esta frase.
Segundo. Beneficiarios.—Podrá participar cualquier persona mayor de 15 años, con
independencia de su nacionalidad y lugar de residencia, siempre que sea la autora del texto presentado. Las obras deberán estar escritas en lengua castellana, contar con un máximo
de 100 palabras (incluyendo la frase de Machado) más un título que no exceda de las 10 y
un pseudónimo.
Tercero. Norma reguladora.—La presente convocatoria se regirá, con carácter general, por lo dispuesto en: la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley;
la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada el 30 de octubre 2013; y, finalmente, en todos aquellos extremos no previstos en la legislación antes citada, regirá, con
carácter supletorio, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, o cualquier otra disposición normativa que, por su naturaleza, pudiera resultar de aplicación.
Cuarto. Cuantía.—La dotación económica del Premio es de 2.000,00 euros.
Se establecen los siguientes premios:
— Primer premio: diploma acreditativo y 1.000 euros.
— Segundo premio: diploma acreditativo y 600 euros.
— Tercer premio: diploma acreditativo y 400 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes estará abierto durante un mes natural, a contar desde el día siguiente a la publicación
del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Solicitud.—La solicitud constará de los datos personales identificativos del
autor/a y el propio texto a presentar.
A fin de garantizar el anonimato de los participantes ante el jurado, el documento con
el texto del microrrelato que ha de adjuntarse a la solicitud vendrá firmado con pseudónimo.
Séptimo. Otros datos.—Las obras serán originales e inéditas, y deberán estar concluidas a la fecha de publicación de esta convocatoria. No se podrán presentar microrrelatos que hayan sido presentados a ediciones anteriores o que hayan recibido algún premio,
ni tampoco que hayan sido publicados.
Tampoco podrán presentarse obras que están pendientes de fallo en cualquier otro concurso en el momento de presentar la solicitud. Además, con la presentación, el solicitante
adquiere el compromiso de no presentar el mismo texto a otros concursos hasta que este
premio haya sido fallado. Los premios del concurso podrán quedar desiertos si el jurado estima que ninguna obra se ajusta a las exigencias del certamen.
BOCM-20220323-45
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte