C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20220303-55)
Puesto funcionario habilitación nacional – Resolución de 14 de febrero de 2022, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de Intervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 53
JUEVES 3 DE MARZO DE 2022
Pág. 239
toria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el registro del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, así como en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados dirigirán sus solicitudes al Alcalde, acompañando a las mismas el “curriculum vitae”, en el que constarán, debidamente acreditados, los años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración pública, experiencia profesional y proyectos, títulos académicos, así como los estudios y cursos de formación realizados en
relación con las características y funciones del puesto y cuantos otros méritos o circunstancias se estime oportuno poner de manifiesto, que se acrediten fehacientemente por el que
resulte elegido.
Sexta
Procedimiento de provisión
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se dará publicidad a la lista de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web, quedando abierto un plazo de diez días para la subsanación de posibles defectos.
La selección se realizará atendiendo a la experiencia y capacitación del candidato/a en
puestos de Internventor/a en municipios de gran población, valorándose especialmente el
conocimiento de los procesos de control permanente planificado y auditoría pública.
Los aspirantes podrán ser convocados para realizar una entrevista, a cuyo efecto se comunicará con tres días de antelación la fecha de celebración de la misma.
Septima
Resolución de la convocatoria y nombramiento
El Alcalde del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, procederá, en su caso, previa
constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y
traslado de la misma a la Dirección General de Función Pública, del Ministerio de Política
Territorial y Función Pública, para su anotación y publicación conjunta en el “Boletín Oficial del Estado”.
La Resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato/a
elegido/a, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. Deberá quedar acreditada en el procedimiento,
como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Octava
Toma de posesión
El plazo de toma de posesión será el establecido en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional.
Novena
La presente convocatoria, bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los interesados en la forma y plazos establecidos en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
(03/3.854/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20220303-55
Recursos e impugnaciones
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B.O.C.M. Núm. 53
JUEVES 3 DE MARZO DE 2022
Pág. 239
toria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el registro del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, así como en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los interesados dirigirán sus solicitudes al Alcalde, acompañando a las mismas el “curriculum vitae”, en el que constarán, debidamente acreditados, los años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración pública, experiencia profesional y proyectos, títulos académicos, así como los estudios y cursos de formación realizados en
relación con las características y funciones del puesto y cuantos otros méritos o circunstancias se estime oportuno poner de manifiesto, que se acrediten fehacientemente por el que
resulte elegido.
Sexta
Procedimiento de provisión
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se dará publicidad a la lista de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web, quedando abierto un plazo de diez días para la subsanación de posibles defectos.
La selección se realizará atendiendo a la experiencia y capacitación del candidato/a en
puestos de Internventor/a en municipios de gran población, valorándose especialmente el
conocimiento de los procesos de control permanente planificado y auditoría pública.
Los aspirantes podrán ser convocados para realizar una entrevista, a cuyo efecto se comunicará con tres días de antelación la fecha de celebración de la misma.
Septima
Resolución de la convocatoria y nombramiento
El Alcalde del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, procederá, en su caso, previa
constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y
traslado de la misma a la Dirección General de Función Pública, del Ministerio de Política
Territorial y Función Pública, para su anotación y publicación conjunta en el “Boletín Oficial del Estado”.
La Resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato/a
elegido/a, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. Deberá quedar acreditada en el procedimiento,
como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.
Octava
Toma de posesión
El plazo de toma de posesión será el establecido en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración
Local con habilitación de carácter nacional.
Novena
La presente convocatoria, bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma, podrán ser impugnados por los interesados en la forma y plazos establecidos en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
(03/3.854/22)
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